Dictamen técnico sobre uso de cárceles militares en guatemala
|Análisis Jurídico |
|Convenio de cooperación interinstitucional entre el Ministerio de Gobernación y de la Defensa Nacional, para uso porparte de la |
|Dirección General del Sistema Penitenciario de un espacio en las instalaciones de una base o unidad militar que se encuentre ubicada |
|en la Ciudad de Guatemala. |
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|Lic. Oswaldo Samayoa. |
|01/07/2010 |
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1. Datos e información General
-Número y Nombre del Acuerdo Ministerial:
Acuerdo Ministerial 126-2010. Uso por parte de la Dirección General del Sistema Penitenciario de un espacio en las instalaciones de una base o unidad militar que se encuentre ubicada en la Ciudad de Guatemala.
-Entidades que suscriben:
Ministerio de Gobernacióny de la Defensa Nacional.
-Fecha de suscripción:
18 de junio de 2010.
-Fecha de publicación en el diario oficial:
25 de junio del año 2010
-Objeto del convenio:
Trasladar a personas que han sido privadas de libertad a una unidad o base militar de la Ciudad de Guatemala, por razón de investigaciones, procesos adelantados por el Ministerio Público y el Organismo Judicial.-Finalidad del convenio:
Garantizar la vida, la integridad personal, el debido proceso y los recursos judiciales de las personas que se encuentran en mayor vulnerabilidad en centros de detención del Sistema Penitenciario.
-Temporalidad del convenio:
Las partes han acordado que será por tiempo indefinido, hasta que las condiciones de vulnerabilidad y seguridad en las que se encuentran las personasprivadas de libertad cambien.
-Fundamento legal para la suscripción entre Ministerios de Estado:
La validez en la emisión de un acuerdo entre ambos Ministerios se centra en las disposiciones del artículo 27 literal m del Decreto 114-97 del Congreso de la República o Ley del Organismo Ejecutivo: “Artículo 27. ATRIBUCIONES GENERALES DE LOS MINISTROS. Además de las que asigna la ConstituciónPolítica de la República y otras leyes, los Ministros tienen las siguientes atribuciones:… m) Dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo, conforme la ley…”
En tal sentido, el convenio ha sido suscrito por dos Ministerios de Estado reconocidos en la legislación nacional –Artículos 36 y 37 Dto. 114-97-; firmado por los dosMinistros designados para el despacho de las atribuciones de cada Ministerio y por lo tanto cuentan con la capacidad que les confiere el artículo 27 del cuerpo legal citado.
-Antecedentes de uso de sedes militares como centros de detención para civiles después de la firma de la paz:
No se encontraron antecedentes.
2. Del análisis legal del convenio.
a. Normativa Aplicable:-Artículos Rectores de la Constitución Política de la República de Guatemala:
La disposición de traslado de personas detenidas a áreas o espacios adecuados dentro de sedes militares debe analizarse bajo la disposición del artículo 10 y 19 de la Constitución Política de la República de Guatemala –CPRG-:
“Artículo 10.- Centro de detención legal. Las personas aprehendidas por la autoridad no podrán ser...
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