Dictamen

Páginas: 8 (1821 palabras) Publicado: 1 de marzo de 2010
Bloque 1

1.- Qué documentos cambiarios pueden subscribirse y en qué concepto.

Para las compraventas de los supuestos planteados para el dictamen (tanto el piso como la editorial) pueden subscribirse letras de cambio, ya que se trata de un medio de crédito y financiero, que incorpora una orden incondicionada, dada por quién la emite, a otra persona de pagar una suma determinada a untercero. A diferencia del pagaré, que contiene una promesa incondicionada de un sujeto (el firmante del pagaré) de pagar a otro (cuyo nombre figura en el título) una suma determinada.

Para el pago del “bonus” salarial lo más normal es que se realice mediante cheque nominativo, cruzado o “para abonar en cuenta”, ya que se trata de un documento cambiario que tiene como función económica el ser un mediode pago, no un medio de crédito como en el caso de la letra de cambio.

Finalmente, el compromiso de ayuda de de la Cooperativa de Libreros a La Caixa de su ciudad a pagar la deuda de la compra de una editorial, se podría formalizar mediante pagarés, como promesa incondicionada de pagar a la Cooperativa una suma determinada i/o mediante el aval de letras de cambio.

La Ley 19/1985 de 16 dejulio, Cambiaria y del cheque ( a partir de ahora Lc) es la que regula estás tres figuras: letra de cambio del art 1 al 93, pagaré del art. 94 al 105 y cheque del art 106 al 167.

No obstante, a partir de la emisión de las letras de cambio (art. 1 Lc) y de la casuística que los supuestos del dictamen nos plantea, voy a ir adoptando las decisiones y viendo cuales serían los diferentes conceptosque en ellas se incluirían.

Jorge compra un piso a Construcciones Altamira mediante una compraventa, que es el negocio subyacente de la relación mercantil cambiaria que ellos realizan y por el cual se podrá efectuar la reclamación extracambiaria (causal) a la que me referiré en el punto 3 de este bloque del dictamen.

Para pagar el piso, Construcciones Altamira emite y libra letras de cambio ala orden de ella ( art.4 a) Lc) que Jorge acepta obligándose al pago (art. 25 Lc). Estas letras de cambio le permitirán a Construcciones Altamira cobrar, en los plazos señalados, el importe de piso (por ejemplo en 24 mensualidades), a través del Banco de Santander.

Tenemos, pues, una serie de letras de cambio, en las que Construcciones Altamira es librador (persona emite el documento dando laorden de pago cuyo cumplimiento garantiza según art.11 Lc) y, a su vez, primer tomador ( o tenedor, que es la persona a la que se le debe de pagar la suma de dinero indicada en la letra cuando la presenta al cobro), y de las que Jorge es el librado ( persona a la que va dirigida esa orden del pago) y que por hacer la declaración en la propia letra de que acepta se llamará aceptante (art. 29 Lc).El hecho de que Jorge se obligue a pagar la deuda a través del Banco de Santander podría conllevar la posibilidad de que esta entidad financiera fuera el avalador de las letras de cambio (pasando a tener esta posición en todo lo que se plantea a continuación en este dictamen). No obstante, como nada dice el caso práctico de ello, tan sólo que se obliga a pagar “a través”, esto significa tansólo la domiciliación de los pagos mediante una cuenta que Jorge tiene en le mencionada entidad, a la que se presentará el pago en la fecha indicada, y que se hará constar en el apartado oportuno de la letra de cambio “Persona o entidad…..” (art. 5 primer párrafo Lc).

Al solicitar Construcciones Altamira un préstamo a la Caixa de Torelló, le puede endosar (primer endoso) las letras de cambio comoforma de pago de parte o de la totalidad del mismo (art. 14 Lc). El endoso tramite todos los derechos resultantes de la letra de cambio del endosante al endosatario (art. 17 Lc) y debe de escribirse en el reverso de la letra o en el suplemento (art.16 Lc). Así Construcciones Altamira será el endosante y la Caixa de Torelló el endosatario y nuevo tomador de las letras. El endoso debe figurar...
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