DICTAMEN
RECURSO DE NULIDAD
PRIMERA SALA PENAL TRANSITORIA
DICT. Nº 023-2009
LIMA
SENTENCIADO: ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
SEÑOR PRESIDENTE DE LA PRIMERA SALA PENAL TRANSITORIA DE LA CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA:
I. INTRODUCCION
El presente proceso se ha remitido en virtud a lo dispuesto en las resoluciones
de folio 69608 y folio 69628, ambas de fecha 24 de abril de2009, emitidas por la Sala
Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia, que conceden los recursos de nulidad
formulados por la defensa de Alberto Fujimori Fujimori y de la parte civil representada
por Gustavo Gorriti Ellenbogen y Rosa Elvira León Lunazco, contra la sentencia que
obra de folio 68863 a folio 69573, de fecha 7 de abril de 2009, corregida en la
resolución que aparece de folio69593 a folio 69595, de 14 de abril de 2009.
Conforme a estas resoluciones, será objeto de pronunciamiento fiscal los
siguientes extremos que:
Condena a ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI o KENYA FUJIMORI, como
autor mediato de la comisión del delito de Homicidio calificado – asesinato, bajo la
circunstancia agravante de alevosía, en agravio de Luis Antonio León Borja, Luis
Alberto Díaz Ascovilca,Alejandro Rosales Alejandro, Máximo León León, Placentina
Marcela Chumbipuma Aguirre, Octavio Benigno Huamanyauri Nolasco, Filomeno León
León, Lucio Quispe Huanaco, Tito Ricardo Ramírez Alberto, Teobaldo Ríos Lira, Manuel
Isaías Ríos Pérez, Nelly María Rubina Arquiñigo, Odar Mender Sifuentes Núñez,
Benedicta Yanque Churo, Javier Manuel Ríos Rojas (Caso Barrios Altos), Juan Gabriel
Mariños Figueroa,Bertila Lozano Torres, Dora Oyague Fierro, Robert Teodoro
Espinoza, Marcelino Rosales Cárdenas, Felipe Flores Chipana, Luis Enrique Ortiz Perea,
Richard Armando Amaro Cóndor, Heráclides Pablo Meza y Hugo Muñoz Sánchez (Caso
La Cantuta); como autor mediato de la comisión del delito de Lesiones Graves, en
agravio de Natividad Condorcahuana Chicaña, Felipe León León, Tomás Livias Ortega yAlfonso Rodas Alvitres (Caso Barrios Altos); como autor mediato de la comisión del
delito de Secuestro agravado, bajo la circunstancia agravante de trato cruel, en
agravio de Gustavo Andrés Gorriti Ellenbogen y Samuel Edgard Dyer Ampudia (Caso
Sótanos SIE).
Le impone al condenado, veinticinco años de pena privativa de la libertad.
1
Fija por concepto de daños materiales a favor de MarcelinoMarcos Pablo Meza
y Carmen Juana Mariños Figueroa, parientes directos de los agraviados fallecidos
Heráclides Pablo Meza y Juan Gabriel Muñoz Figueroa, respectivamente, la suma de
sesenta y dos mil cuatrocientos nuevos soles, a favor de cada uno de ellos.
Señala, por concepto de pago compensatorio, la cantidad de sesenta y dos mil
cuatrocientos nuevos soles1, a favor de los herederos legalesde Luis Antonio León
Borja, Alejandro Rosales Alejandro, Máximo León León, Placentina Marcela
Chumbipuma Aguirre, Octavio Benigno Huamanyauri Nolasco, Manuel Isaías Ríos
Pérez, Benedicta Yanque Churo, Javier Manuel Ríos Rojas, Juan Gabriel Mariños
Figueroa, Bertila Lozano Torres, Dora Oyague Fierro, Robert Teodoro Espinoza, Felipe
Flores Chipana, Luis Enrique Ortiz Perea, Richard ArmandoAmaro Cóndor, Heráclides
Pablo Meza, Hugo Muñoz Sánchez, Natividad Condorcahuana Chicaña, Felipe León
León, Tomás Livias Ortega y Alfonso Rodas Alvitres. La cantidad se sesenta y dos mil
cuatrocientos nuevos soles se dividirá en forma proporcional, a favor de cada
agraviado, es decir, dos mil novecientos setenta y un nuevos soles con cuarenta y tres
céntimos a favor de cada uno de ellos.Determina, por concepto de indemnización por daño extrapatrimonial o
inmaterial, la suma de cuarenta y seis mil ochocientos nuevos soles a favor de cada
uno de los agraviados Gustavo Andrés Gorriti Ellenbogen y Samuel Edgard Dyer
Ampudia.
II. ANTECEDENTES
2.1. INICIO Y DESARROLLO DEL PROCESO
Por resoluciones legislativas Nº 005-2001-CR y Nº 0014-2003-CR, publicadas el
28 de agosto de 2001 y el...
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