diego

Páginas: 12 (2908 palabras) Publicado: 4 de noviembre de 2014
GENERALIDADES 1.-CONCEPTO DE CONTRATO El Acto Jurdico es un hecho voluntario del hombre destinado deliberadamente a producir consecuencias jurdicas que pueden consistir en la creacin, modificacin o extincin de un derecho o en otras consecuencias jurdicas relevantes. Atendiendo al nmero de voluntades necesarias para nacer, el acto jurdico se clasifica en Unilateral o Bilateral. -Es Unilateral sinace en virtud de la voluntad de una sola parte como testamento, el reconocimiento de hijo natural, etc. -Es Bilateral si nace en virtud del concurso de voluntades de dos o ms personas. Se llama tambin Convencin La Convencin es un acto jurdico bilateral a crear, modificar o extinguir derecho o producir otros efectos jurdicos relevantes. Si la convencin tiene por finalidad crear derechos recibe elnombre tcnico de Contrato. El Contrato es el acto jurdico bilateral (convencin) destinado a crear derechos personales y obligaciones. El contrato jams genera derechos reales, sino slo derechos personales o crditos, el derecho real requiere de un ttulo y un modo los derechos personales pueden servir de ttulo. El Cdigo Civil define el contrato en el artculo 1438 de este modo Contrato o Convencin esun acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer. Cada parte puede ser una o muchas personas. En doctrina, contrato y convencin son conceptos diferentes, la convencin es el gnero y el contrato la especie. Ante la Ley positiva en cambio, las expresiones son sinnimas, segn los artculos 1437 y 1438 del Cdigo Civil. 2.- ELEMENTOS DEL CONTRATO Segn el Art.1445, para que una persona se obligue a otra por un acto o declaracin de voluntad, es menester a)Que sea legalmente capaz. La capacidad legal de una persona consiste en poder obligarse por s misma, sin el ministerio o la autorizacin de otra. La regla general en esta materia la establece el artculo 1446 del Cdigo Civil, que establece que Toda persona es legalmente capaz , excepto aquellas que la Leydeclara incapaces. Las incapacidades estn determinadas bsicamente por la falta de madurez o de discernimiento en la toma de decisiones. Ver artculo 1447 del Cdigo Civil. b)Que consienta en dicho acto o declaracin y que el consentimiento no adolezca de vicio. No basta ser capaz , para obligarse es necesario consentir libremente en el acto que se celebra. (Vicios del consentimiento son el error, lafuerza y el dolo. Artculo 1451 a 1459 del Cdigo Civil) c) Que recaiga sobre un objeto lcito . El objeto de un contrato es el conjunto de derechos y obligaciones que nacern de su celebracin. La ley prohbe los contratos que no tienen un objeto lcito, como aquellos que versan sobre cosas que no se encuentran en el comercio humano (Bienes Nacionales de Uso Pblico) o que tienen la calidad deintransferibles. (Artculo 1460 a 1466 del Cdigo Civil) d) Que tenga una causa lcita. El derecho positivo chileno exige que, en materia contractual, todo acuerdo de voluntades tenga una causa y que sta sea lcita. La causa es la finalidad perseguida por el acto, es decir , es el motivo que induce al acto o contrato, y por tanto, son causas ilcitas las prohibidas por la ley y las contrarias a las buenascostumbres o al orden pblico. (Artculo 1467 del Cdigo Civil) En los contratos solemnes otro requisito o condicin es an indispensable La observancia de las formas prescritas por la Ley. La disposicin legal citada ha omitido este requisito, porque ha sealado las condiciones generales que debe reunir todo contrato y porque la observancia de las solemnidades legales se confunde con elconsentimiento. En los contratos solemnes el consentimiento de las partes se manifiesta o exterioriza a travs del cumplimiento de las formalidades legales. 3.- CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS 1.- Clasificacin contenida en el Cdigo Civil. 1) Contratos Unilaterales y Contratos Bilaterales El contrato es inexcusablemente un acto jurdico bilateral y mirado el nmero de...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Diego
  • diego
  • Diego
  • Diego
  • diego
  • diego
  • DIEGO
  • Diego

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS