Diferencia entre moral y dercho
Moral Bilateralidad.- frente a un obligado existe una persona facultada para exigir el cumplimiento de la conducta.
Bilateralidad.- Consisteen que la norma jurídica al mismo tiempo que impone derechos, también concede derechos a uno o varios sujetos. León petrazizky, dice que las normas jurídicas son imperativo - atributivas, siendo esta, otra manera de designar el carácter bilateral del derecho, pues lo imperativo signifícale ordenamiento jurídico, que impone obligaciones, y lo atributivo que estatuye derechos y obligaciones, estacaracterística se opone a la Unilateralidad que consiste en que frente al sujeto a quien obligan las normas, no existe otro autorizado para exigir su cumplimiento
UNILATERALIDAD DE LA MORAL Y BILATERALIDAD DEL DERECHO
La diferencia esencial entre normas morales y preceptos jurídicos estriba en que las primeras son unilaterales y los segundos bilaterales.
La unilateralidad de las reglas éticas sehace consistir en que frente al sujeto a
quien obligan. no hay otra persona autorizada para exigirle el cumplimiento de sus deberes. Las normas jurídicas son bilaterales porque imponen deberes
correlativos de facultades o conceden derechos correlativos de obligaciones.
Frente al jurídicamente obligado encontramos siempre a otra persona, facultada para reclamarle la observancia de lo prescrito.De hecho es posible conseguir, en contra de la voluntad de un individuo, la
ejecución de un acto conforme o contrario a una norma ética. Pero nunca existe el derecho de reclamar el cumplimiento de una obligación moral. El pordiosero puede pedirnos una limosna, implorarla "por el amor de Dios", mas no exigírnosla. La máxima que ordena socorrer al menesteroso no da a éste derechos contra nadie. Adiferencia de las obligaciones éticas, las de índole jurídica no son únicamente, como dice Radbruch, deberes, sino deudas. Y tienen tal carácter porque su observancia puede ser exigida, en ejercicio de un derecho, por un sujeto distinto del obligado.
Por su carácter bilateral, la regulación jurídica establece en todo caso relaciones entre diversas personas. Al obligado suele llamárselesujeto.
pasivo de la relación; a la persona autorizada para exigir de aquél la observancia de la norma denomínasele sujeto activo, facultado, derecho habiente o pretenso. La obligación del sujeto pasivo es una deuda, en cuanto el pretensor tiene el derecho de reclamar el cumplimiento de la misma. León Petrasizky ha acuñado una fórmula que resume admirablemente la distinción
que acabamos de esbozar.Los preceptos del derecho -escribe- son normas
imperativo-atributivas; las de la moral son puramente imperativas.
Las primeras imponen deberes y, correlativamente, conceden facultades; las
segundas imponen deberes, mas no conceden derechos. Pongamos un ejemplo:
una persona presta a otra cien pesos, comprometiéndose el deudor a pagarlos en un plazo de dos meses. Al vencerse el términoestipulado, el mutuante puede, fundándose en una norma, exigir del mutuatario la devolución del dinero. La obligación del segundo no es, en este caso, un deber para consigo mismo, sino una deuda frente al otro sujeto. El deber jurídico de aquél no podría ser considerado como deuda, si correlativamente no existiese un derecho de otra persona.
Derecho, en sentido subjetivo, es la posibilidad de hacer(o de omitir) lícitamente algo. Si decimos que el comprador tiene el derecho de reclamar al vendedor la entrega de la cosa, ello significa que el precepto lo faculta para formular tal exigencia. La conducta del que exige tiene el atributo de la licitud precisamente porque constituye el ejercicio de un derecho.
Las facultades conferidas y las obligaciones impuestas por las normas jurídicas se...
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