Diferencias Entre La Lopna 1998 y La Lopna 2007
Entre otra de las modificaciones realizadas enla reforma, se encuentra: la sustitución de la figura del consejero por una junta directiva integrado por cuatro (4) representantes del ejecutivo, tres (3) representantes de los consejos comunalesy un (1) presidente designado por el Alcalde. Anteriormente la selección de los miembros al Consejo de Protección, se realizaba a través de los foros propios donde la sociedad postulaba ante elConsejo Municipal de Derechos a los posibles candidatos, tal como se expresaba en el Capitulo V, Articulo 163 de la LOPNA.
Esta modificación, si bien incluye a los consejos comunales como unaforma de organización que promueve los derechos de los niños, niñas y adolescentes, a su vez excluye a otros sectores y/o grupos heterogéneos de la sociedad civil que venía haciendo un trabajoimportante en esta materia. Además de que la formula de selección (4-3-1) (para la elección de la Junta directiva del Consejo de Protección) no es paritaria, se evidencia la supremacía del ejecutivo.
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