Diferencias Y Similitudes Convivencia
Concepto
SOCIEDADES DE CONVIVENCIA
CONCUBINATO
MATRIMONIO
Definición
La Sociedad de Convivencia es un acto jurídico bilateral que se constituye, cuando dos personas físicas de diferente o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común, con voluntad de permanencia y de ayuda mutua
Las concubinas y los concubinos tienen derechos y obligacionesrecíprocos, siempre que sin impedimentos legales para contraer matrimonio, han vivido en común en forma constante y permanente por un período mínimo de dos años que precedan inmediatamente a la generación de derechos y obligaciones.
Matrimonio es la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua. Debe celebrarse ante el Juez delRegistro Civil y con las formalidades que estipule el presente código.
Naturaleza
Acto Jurídico
Hecho Jurídico
Acto Jurídico
Fin
Establecer un hogar común, con voluntad de permanencia y de ayuda mutua.
Vivir en común con la pareja.
Realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua.
Consentimiento
Expreso
Tácito
Expreso
Estado Civil
El estado civil de las partesno se modifica al formar una sociedad de convivencia
El estado civil de las partes no se modifica al estar en concubinato.
El estado civil de las partes se modifica al contraer matrimonio.
Régimen Patrimonial
El documento donde se constituye la sociedad de convivencia puede establecer la forma en que los convivientes regularan sus relaciones patrimoniales.
No se establece
Sociedad Conyugal oSeparación de Bienes
Parentesco
Afinidad (solamente entre los convivientes)
Consanguinidad (respecto de los hijos) y afinidad (entre los concubinos y respecto de los familiares del mismo)
Consanguinidad (respecto de los hijos) y afinidad (entre los cónyuges y respecto de los familiares del mismo)
Personas que pueden celebrarlo
Dos personas de diferente o igual sexo, mayores de edad con capacidadjurídica plena.
No podrán constituir Sociedad de Convivencia, las personas unidas en matrimonio, concubinato y aquéllas que mantengan vigente otra Sociedad en Convivencia
Dos personas del mismo o diferente sexo, mayores de edad.
Dos personas del mismo o diferente sexo, mayores de edad con capacidad jurídica plena. Los menores de edad pueden contraer matrimonio siempre que hayan cumplido 16 años y cuentencon el consentimiento de los padres o tutores
Forma
Por escrito, ratificado y registrado ante la Dirección General Jurídica y de Gobierno.
No la hay
Por escrito y ante Juez civil
Requisitos
Ambos solicitantes deberán llenar el anexo 1 denominado Constitución de Sociedad de Convivencia o presentar su convenio de Sociedad de Convivencia ante las autoridades Delegacionales.
- Agregar los datos y lasfirmas de sus testigos.
- Pagar derechos correspondientes.
- Anexar:
a. Identificación oficial.
b. Acta de nacimiento original o copia certificada (solo de los solicitantes).
c. Comprobante de Domicilio.
d. El recibo de pago.
- Preparar cuatro tantos de todos estos documentos
- Ambos solicitantes deberán presentarse en la oficina de la Autoridad Registradora con todos los documentos y lostestigos.
- Entregar la documentación en la oficina de la Autoridad Registradora.
No estar casado.
Requisitar solicitud de matrimonio ante el Juez del Registro Civil, que por jurisdicción le corresponda a su delegación de manera gratuita.
-Copia certificada del acta de nacimiento de los pretendientes.
-Requisitar el Convenio sobre el Régimen Patrimonial a que deberán sujetarse los bienes presentes y losque se adquieran durante el matrimonio, el cual proporciona de manera gratuita el juzgado.
-Comprobante de domicilio no mayor de 3 meses en original y fotocopia.
-Cuando uno o ambos pretendientes hayan sido casados con anterioridad, exhibirán copia certificada del Acta de Matrimonio con la inscripción del divorcio, o copia certificada del acta respectiva o copia certificada de la parte...
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