diplomada
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Objeto de la Ley La presente
Ley tiene por objeto establecer la regulación jurídica de los procedimientos administrativos para la
obtención de las licencias de habilitación urbana y de edificación, con la fi nalidad de facilitar y
promover la inversión inmobiliaria.
Artículo 2º.- Ámbito de aplicación y principios
2.1 Los procedimientosadministrativos, regulados en la presente Ley, son únicos y de aplicación
obligatoria a nivel nacional; además, determinan las responsabilidades de los sujetos implicados
en los procedimientos de habilitación urbana y de edificación. Ninguna persona o entidad, además
de las descritas en la presente Ley, podrá participar, directa o indirectamente, en la aprobación y
ejecución de habilitaciones urbanasy edificaciones.
2.2 Los requisitos establecidos en la presente Ley y su reglamento, se aplican a nivel nacional. El
retraso administrativo en la tramitación del expediente no autoriza que se le exija al solicitante la
actualización de la documentación que fuera presentada en la fecha de ingreso del expediente
ante la municipalidad respectiva.
2.3 La presente Ley establece los límitesparadeterminar los derechos que se cobrarán en los
procedimientos administrativos mencionados en ella.
2.4 Los procedimientos administrativos, regulados en la presente Ley, se sujetan a lo siguiente:
a. Principio de Unidad.- Las normas que se expidan, a partir de la presente Ley, deberán
guardar coherencia con el ordenamiento jurídico, de forma tal que las normas que lo conforman se
integrenarmónicamente evitando contradicciones.
b. Principio de Transparencia.- El régimen normativo debe ser explícito y público para los
sujetos involucrados en los procedimientos contenidos en la presente Ley.
c. Principio de Participación.- Intervención conjunta del Gobierno Nacional, local y de las
organizaciones representativas de los profesionales y de las actividades vinculadas a la presente
Ley.d. Principio de Subordinación.- En los procedimientos de habilitación urbana y de edificación
deberá primar el interés general sobre el interés particular, a fi n de lograr un
desarrollo urbano armónico.
Asimismo, serán de aplicación los principios contenidos en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.
Artículo 3º.- Definiciones
Para los fines de la presente Ley,entiéndese por:
1. Habilitación Urbana El proceso de convertir un terreno rústico o eriazo en urbano, mediante
la ejecución de obras de accesibilidad, de distribución de agua y recolección de desagüe, de
distribución de energía e iluminación pública, pistas y veredas. Adicionalmente, el terreno podrá
contar con redes para la distribución de gas y redes de comunicaciones. El proceso de habilitaciónurbana requiere efectuar aportes gratuitos para fines de recreación pública, que son áreas de uso
público irrestricto; así como para servicios públicos complementarios, que son áreas edificables
que constituyen bienes de dominio público del Estado. Los propietarios y/o promotores de las
habilitaciones urbanas deberán efectuar, a título gratuito, aportes obligatorios para recreación
pública,servicios públicos complementarios y de educación, y otros fines, en lotes regulares
edificables, los que se inscribirán en el Registro de Predios. El área del aporte se calcula como
porcentaje del área bruta deducida de la cesión para vías expresas, arteriales y colectoras, así
como de las reservas para obras de carácter regional o provincial. Los aportes para cada entidad
se ubicarán de maneraconcentrada, siendo el área mínima lasiguiente:
Para recreación pública: 800 m².
Ministerio de Educación: Lote normativo
Otros fines: Lote normativo
Parques zonales: Lote normativo
Los aportes para recreación pública, establecidos en el Reglamento Nacional de Edificaciones, no
podrán disminuirse ni redimirse en dinero.
2. Edificación Resultado de construir una obra cuyo destino es...
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