DIRECTIVA N 002 2003 CCO

Páginas: 8 (1948 palabras) Publicado: 28 de marzo de 2015
COMISION DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES DEL INDECOPI
DIRECTIVA Nº 002-2003/CCO-INDECOPI
LINEAMIENTO SOBRE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN ANTE EL
INCUMPLIMIENTO DEL PLAN DE REESTRUCTURACION
Lima, 28 de mayo de 2003
I.

OBJETIVO

La presente Directiva tiene por objeto precisar los alcances de la disposición
contenida en el artículo 67.4 de la Ley General del Sistema Concursal que
establece que “Elincumplimiento de los términos o condiciones establecidos en
el Plan determina la declaración de disolución y liquidación del deudor por parte
de la Comisión, siempre que tal declaración haya sido solicitada por un
acreedor a la autoridad concursal”.
II.

ALCANCE

La presente Directiva es de observancia obligatoria respecto de todos los
Planes de Reestructuración aprobados en procesos iniciados bajoel ámbito de
aplicación de la Ley de Reestructuración Patrimonial y sus normas
complementarias y modificatorias, así como la Ley General del Sistema
Concursal.
III.

BASE LEGAL

Artículos 3 y 67.4 de la Ley Nº 27809 – Ley General del Sistema Concursal, así
como Decreto Legislativo Nº 807.
IV.

FUNDAMENTOS
1. La norma establecida en el artículo 67.4 establece un mecanismo a
través del cualcualquier acreedor activamente participante en un
procedimiento en el cual se haya aprobado un Plan de Reestructuración
se encuentra habilitado para solicitar a la autoridad administrativa
concursal que, ante el incumplimiento de cualquiera de los términos o
condiciones establecidos en el mencionado instrumento, proceda a
variar la situación del deudor mediante la declaración de su disolución yliquidación (si se trata de una persona jurídica) o la disposición de la
liquidación de su patrimonio (si el concursado es persona natural).
2. Por otra parte, cabe señalar que en la medida que el mecanismo
previsto en el artículo 67.4 de la Ley Nº 27809 ha sido regulado
específicamente con la finalidad de otorgar un medio de protección a
todos los acreedores participantes en el procedimiento ante elsupuesto
que se incurra en un incumplimiento de las obligaciones previstas en el
Plan de Reestructuración, debe procurarse que la utilización de dicha
herramienta jurídica responda estrictamente a tal finalidad. En efecto,
debe tenerse presente que, eventualmente, algún agente del mercado

podría buscar adquirir la titularidad de un crédito comprendido en el
marco de un proceso de reestructuracióna fin de ejercer presión frente
al concursado a través de la amenaza de uso del mecanismo liquidatorio
aquí expuesto. El citado riesgo se hace más patente aún, si se tiene en
consideración que para la transferencia de una acreencia no se requiere
contar con la anuencia del deudor conforme a lo establecido en los
artículos 1206 y siguientes del Código Civil.
3. En vista de lo señalado en elpárrafo precedente y a fin de alcanzar la
debida ponderación en el uso del mecanismo establecido en el artículo
67.4 de la Ley General del Sistema Concursal, resulta apropiado que se
establezca una serie de previsiones reglamentarias para su adecuada
implementación.
4. En ese orden de ideas, cabe señalar que un aspecto relevante relativo a
ello es el referido a la delimitación de los supuestos en losque no sería
procedente que un acreedor acuda ante la autoridad concursal
invocando el artículo 67.4 de la Ley General del Sistema Concursal. Es
evidente que un acreedor no podría solicitar la liquidación de la
concursada en razón de un incumplimiento propio (Ejemplo: Un acreedor
que solicite la liquidación de la empresa deudora porque ésta no accedió
al financiamiento que el citado acreedor secomprometió a otorgar en el
Plan de Reestructuración y que finalmente no entregó) o cuando
sustente su pedido en un incumplimiento del Plan que no le produce
afectación directa (Ejemplo: No pago a otro acreedor en la oportunidad
establecida en el cronograma de pago).
5. A través de las precisiones detalladas en el punto precedente se busca
resaltar que la finalidad del uso que se de al mecanismo...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • directiva n° 002-2014 sunarp
  • 002 Introducci N I
  • Directiva 2003/88 analisis profundo
  • FICHA DE TRABAJO N 002 HGE
  • Archivos Directos Presentaci n
  • HABILIDADES DIRECTIVAS EXPOSICI N
  • Antropolog A De La Acci N Directiva
  • La comunicaci n directiva 2

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS