Disolucion De La Sociedad Y Liquidacion Del Patrimonio Social
El procedimiento liquidatario está contenido en los artículos 225 y siguientes del Código de Comercio, éste trámite es obligatorio y debe cumplirse por cualquier sociedad que se encuentre disuelta. Para tal efecto, procederá en primer término a informar a los acreedores sociales, por medio de un aviso que deberá publicarse en un periódico que circuleregularmente en el lugar del domicilio social, el que deberá fijarse en lugar visible de las oficinas y establecimientos de comercio de la sociedad, tal y como lo dispone el artículo 232 ibídem.
Dentro del mes siguiente a la fecha en que la sociedad quede disuelta, el liquidador debe elaborar un estado financiero de inventario suscrito por un contador público cuando el liquidador no tenga tal condición, elque deberá incluir una relación pormenorizada de los distintos activos sociales, de todas las obligaciones de la sociedad con la especificación de la prelación u orden legal de su pago, e inclusive de las que solo puedan afectar eventualmente su patrimonio, como las condicionales o litigiosas, las fianzas, los avales,
1.- IntroducciónEn los tiempos de dificultad económica es necesaria unarápida decisión y actuación por parte de las personas que tienen empresas a su cargo. De esta forma, ante una inminente situación de falta de liquidez para pagar a sus acreedores, evitará la disminución en el activo de la empresa. Es muy importante que se tenga en cuenta que cerrar una empresa cuesta dinero, por tanto no es recomendable esperar hasta el último momento para tomar tales decisiones, puesel tiempo apremia. Para ello, debemos conocer y familiarizarnos con los siguientes términos.1.1.- DisoluciónLa disolución de una sociedad supone la desaparición jurídica de la misma, pero no paraliza ni pone fin a su actividad, aunque sí pasa a ser liquidatoria, por lo que una sociedad en esta situación deberá añadir la expresión "en liquidación" en su razón social. ¿Qué causas nos llevan ante ladisolución de una sociedad? Según el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, una sociedad puede disolverse en los siguientes casos: a. Por el cese en el ejercicio de la actividad o actividades que constituyan el objeto social. En particular, se entenderá que se ha producido el cese tras un período deinactividad superior a un año. b. Por la conclusión de la empresa que constituya su objeto. c. Por la imposibilidad manifiesta de conseguir el fin social. d. Por la paralización de los órganos sociales de modo que resulte imposible su funcionamiento. e. Por pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, a no ser que éste se aumente o se reduzcaen la medida suficiente, y siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso. f. Por reducción del capital social por debajo del mínimo legal, que no sea consecuencia del cumplimiento de una ley. g. Porque el valor nominal de las participaciones sociales sin voto o de las acciones sin voto excediera de la mitad del capital social desembolsado y no se restableciera laproporción en el plazo de dos años. h. Por cualquier otra causa establecida en los estatutos.Una vez declarada disuelta la sociedad, existen tres vías: a. Transferencia de la propiedad, es decir, la compra-venta de la misma. b. Liquidación de la sociedad, es decir, cese de la actividad, pago a los acreedores y socios, cerrando definitivamente la empresa. c. Concurso de acreedores, cuando no se puedehacer frente a los acreedores, esta figura legal puede ser solicitada por los acreedores (concurso forzoso) o por el mismo deudor (concurso voluntario).La disolución de la sociedad se inscribirá en el Registro Mercantil. Publicación en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" (BORME).1.2.- LiquidaciónLa disolución de la sociedad abre el período de liquidación, la sociedad disuelta...
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