Disposicions Generales Del Deposito Mercantil
DEL DEPOSITO MERCANTIL
S E C C I O N P R I M E R A
Disposiciones generales
Articulo º 842
Serán mercantiles los depósitos practicados en almacenes generales, los que los hoteleros y empresas simulares reciban de sus
Clientes , y los de dinero o título-valores hechos en establecimientos bancarios debidamente autorizados. Estos últimos se
Reglamentarán en el Capítulo siguiente.Articulo º 843
El depósito mercantil será siempre retribuido. La retribución se fijará en el contrato, o, en su defecto, de acuerdo con los usos del lugar.
Articulo º 844
El depositario deberá custodiar la cosa con la diligencia más estricta; no podrá utilizarla, ni dejarla en depósito a otro, sin consentimiento del depositante.
Articulo º 845
En los depósitos de cosas fungibles, eldepositante podrá convenir con el depositario en que le restituya cosas de la misma especie y calidad.
Articulo º 846
El depósito deberá ser restituido al depositante cuando lo reclame, a no ser que se hubiere fijado un plazo en interés del depositario.
El depositario podrá, por justa causa, devolver la cosa antes del plazo convenido. Si no se hubiere fijado término, el depositario quequiera restituir la cosa deberá avisar al depositante con una prudencial antelación, según la naturaleza de la cosa depositada.
Articulo º 847
El depositario no podrá retener las cosas depositadas, ni aún para asegurar el cobro de los gastos y perjuicios que el depósito le hubiere ocasionado; pero, si no se le garantizara el pago, podrá pedir judicialmente la retención del depósito.
Articuloº 848
Articulo º 849
SECCION SEGUNDA
Depósito en almacenes generales
Articulo º 850
Tendrán la consideración de depósitos en almacenes generales, los hechos en establecimientos abiertos al, público para la guarda y conservación de bienes de todas clases. Los almacenes generales especialmente autorizados por la Secretaría de Hacienda (*) podrán emitir certificados de depósito y bonos deprenda representativos de las mercancías recibidas en depósito.
Articulo º 851
El certificado de depositará la disponibilidad sobre los bienes depositados en el almacén que lo emita; el bono de prenda, la constitución de un crédito prendario sobre los bienes indicados en el certificado de depósito correspondiente.
Articulo º 852
Cuando se trate de mercancías o bienes individual- mentedesignados, los almacenes sólo podrán expedir un bono de prenda en relación con cada certificado de depósito. Si se trata de mercancías o bienes designados genéricamente, los almacenes podrán expedir, a voluntad del depositante, bonos de prenda múltiples.
Articulo º 853
Tanto el certificado de depósito como el bono de prenda deberán contener:
I.-La mención de ser "certificado de depósito" y "bonode prenda", respectivamente;
II.-La designación y la firma del almacén;
III.--El lugar del depósito;
IV.-La fecha de expedición del título;
V.-El número de orden, que deberá ser igual para el certificado de depósito y para el bono o los bonos de prenda relativos, y el
número progresivo de éstos, cuando se expidan varios en relación con un solo certificado;
VI.-La mención de haber sidoconstituido el depósito con designación individual o genérica de las mercancías o efectos respectivos.
VII.-La especificación de las mercancías o bienes depositados, con mención de su naturaleza, calidad y cantidad y de las demás circunstancias que sirvan para su identificación;
VIII.-EL plazo señalado para el depósito;
IX-El nombre del depositante, o, en su caso, la mención de ser expedidoslos títulos al portador;
X.-La mención de estar o no sujetos los bienes o mercancías materia del depósito al pago de derechos, impuestos o responsabilidades fiscales, y cuando para la constitución del depósito sea requisito previo el formar la liquidación de tales derechos, nota de esa liquidación;
XI.-La mención de estar o no asegurados los bienes o mercancías depositados y la del importe del...
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