Divorcio inf. general
Por ello en la mayoría de los Estados miembros el divorciodebe ser pronunciado por una autoridad judicial, que decidirá también, en su caso, sobre:
la cuestión de la responsabilidad parental,
la división del patrimonio de los cónyuges y la disolucióndel régimen matrimonial,
las posibles pensiones que deban ser pagadas por uno de los cónyuges al otro o a los hijos.
El divorcio puede ser solicitado por ambos cónyuges (divorcio por acuerdo mutuoo por petición mutua) o por uno de ellos.
No obstante, las modalidades del procedimiento y las causas de divorcio admitidas varían de un Estado miembro a otro.
Al pulsar en las banderas de losEstados miembros obtendrá información práctica sobre los procedimientos de divorcio y, en su caso, sobre otros procedimientos de ruptura o modificación del vínculo marital tales la anulación delmatrimonio o la separación de cuerpos.
Desde el 1 de marzo del 2001 las decisiones de divorcio pronunciadas en un Estado miembro son más fácilmente reconocidas en los otros. El Reglamento al respectocontiene también disposiciones relativas a la competencia de los tribunales.
A la información al respecto se accede pulsando el icono "Derecho comunitario".
Puede acceder también a informaciónsobre los convenios internacionales en materia de divorcio pulsando el icono "Derecho internacional."
Existen tres tipos de Divorcio:
a)Divorcio Administrativo:Es un trámite administrativo que se realiza ante el mal llamado Juez del Registro Civil que caso a los conyuges, y no tiene que haber hijosy tiene que haber pasado como minimo un año de la celebración del matrimonio.
b)Divorcio Necesario: Es propiciado por las causales de divorcio ennumeradas en el Codigo Civil, este tipo se da...
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