divorcio
En España:
-Origen del divorcio:
La Constitución de 1931, durante la II República española, proclamaba en su artículo 43º: «La familia está bajo la salvaguardia especial del Estado. El matrimonio se funda en la igualdad de derechos para uno y otro sexo, y podrá disolverse por mutuo disenso o a petición de cualquiera de los cónyuges con alegación en este casode justa causa».
Hasta entonces, lo relativo al matrimonio y el divorcio se regía por el Código Civil de 1889, que en su artículo 52º afirmaba: «El matrimonio se disuelve por la muerte de uno de los cónyuges.» Por lo tanto, la Ley de Divorcio suponía una importante novedad legal. Además, los políticos progresistas de la época consideraban que era «una de las leyes de la República que máscontribuirán a la liberación de la mujer de la tiranía a que había estado sometida en la monarquía».1
Ya desde el debate inicial del proyecto de Constitución, la derecha católica representada en la Minoría Agraria y en la Minoría vasco-navarra se opusieron al reconocimiento del derecho del divorcio. El portavoz de la Minoría Agraria en el debate de totalidad, el canónigo y diputado por Burgos RicardoGómez Rojí, se opuso al divorcio, en nombre de la familia y del bien de las mujeres, porque el matrimonio es "sagrado" y por tanto indisoluble
También se manifestó en contra del divorcio (el divorcio era "un barreno que hará saltar a la familia"; "el matrimonio es una institución de sacrificio... una cruz inevitable, es un sacrificio que santifica") el portavoz de la Minoría vasco-navarra, el diputadodel Partido Nacionalista Vasco Jesús María de Leizaola, que citó unas estadísticas que mostraban que entre los divorciados el índice de delincuencia y de suicidios era mayor que entre los solteros y los casados, lo que provocó "grandes y prolongadas risas" en la Cámara, según consta en el Diario de Sesiones.3
Teniendo presente que el artículo 43º de la nueva Constitución admitía el divorcio, el4 de diciembre de 1931 el ministro de justicia Álvaro de Albornoz presentó a la Cámara el correspondiente proyecto de ley, cuyo articulado iba a someterse a discusión a lo largo del mes de febrero siguiente. En esta exposición se establece una relación entre la voluntad del Gobierno de la República de secularizar el Estado y la atención que se venía prestando desde el primer momento al matrimonioy a su estructura jurídica. La regulación del divorcio debía hacerse mediante normas que respetaran a un mismo tiempo la voluntad de las personas individuales y las exigencias de la paz social. Para respetar ambos aspectos, se establecía el mutuo disenso como principio contractual en el divorcio, pero se recababa para el Estado la intervención en su ejercicio y en la disciplina de sus efectos. Demanera semejante, se abría un cauce para la acción unilateral de divorcio, siempre que existiera justa causa, pero se rechazaba abiertamente todo sistema de repudio matrimonial por arbitraria decisión de uno de los cónyuges
Regulacion del divorcio en España:
En España el divorcio viene regulado en el Codigo Civil,desde el articulo 80 al 105
-capitulo 8 ,la disolucion del matrimonio:#Artículo 85:El matrimonio se disuelve, sea cual fuere la forma y el tiempo de su celebración, por la muerte o la declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges y por el divorcio
#Artículo 86:Se decretará judicialmente el divorcio, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, a petición de uno solo de los cónyuges, de ambos o de uno con el consentimiento del otro, cuando concurran losrequisitos y circunstancias exigidos en el artículo 81(art 81:Se decretará judicialmente la separación, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio:
1.º A petición de ambos cónyuges o de uno con el consentimiento del otro, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. A la demanda se acompañará una propuesta de convenio regulador redactada conforme al...
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