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No, en el Estado de México no puedes. En toda actuaciónjudicial tienes que contar con el patrocinio de un abogado. No es una suposición o una interpretación extraña de mi parte. Así lo dispone de manera muy clara el Códigode Procedimientos Civiles del Estado de México:
Artículo 1.93.- Todo interesado en cualquier actividad judicial debe tener el patrocinio de un Licenciado enDerecho o su equivalente con título y cédula de ejercicio profesional legalmente expedidos.
Artículo 1.94.- Los Licenciados en Derecho autorizarán con su firma todapromoción escrita o verbal de sus clientes. Sin ese requisito, no se les dará curso.
Artículo 1.95.- Los Tribunales exigirán la presentación de la cédula de ejercicioprofesional de los abogados patronos o asesores, la cual registrarán en el libro respectivo. Quienes no la presenten por ningún motivo se les permitirá figurar enaudiencias o diligencias, ni enterarse de actuaciones o revisar expedientes. Los servidores judiciales que lo consintieren incurrirán en responsabilidad administrativaconforme a la ley.
Nos podrá parecer muy injusto e incluso alguien podría hablar de una inconstitucionalidad, pero en tanto son peras o son manzanas, la situación esésta.
Por otro lado, nunca está de más contar con el apoyo de un abogado, porque los trámites judiciales pueden no ser tan sencillos y podrías encontrarte en francadesventaja frente a la contraparte. En caso de que no tengas abogado o no puedas pagar uno, puedes tener acceso a uno de oficio:
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