Documentacion juridica
JUEZA DISTRIBUIDORA DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y DE ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
SU DESPACHO.
Nosotros: OLIMPIA DEL CARMEN LARAGARCIA y PEDRO EFRAIN MOLINA PEREZ, Venezolanos, Cónyuges, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-9.505.055 y V-10.252.777,respectivamente, asistido en este acto por la Abogada Verónica Nataly Zambrano Blanco, venezolana, mayor de edad, cédula de Identidad V-17.472.346, en el libre ejercicio de la profesión, inscrita en elInstituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº146.548, ante usted, respetuosamente ocurrimos para exponer:
DEL MATRIMONIO CIVIL
En fecha, treinta y uno (31) de enero de 1.992, contrajimosmatrimonio civil, por ante la Prefectura de la parroquia Rafael Urdaneta, del Municipio Valencia, del Estado Carabobo, todo lo cual consta de Acta inserta en el Acta Nº69, tomo I, Año 1992. Tal ycomo se evidencia en el Acta de Matrimonio, que acompañamos marcada con la letra "A"
DE LOS HIJOS
De esta unión matrimonial, hemos procreado un (01) hijo de Nombre: EFRAIN JOSE MOLINA LARA, dediecisiete (17) años de edad, tal y como consta de la partida de Nacimientos marcada con la letra "B".
DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS
Luego de haber contraído matrimonio como quedó evidenciadoantes, fijamos domicilio conyugal en esta ciudad de Valencia, en La urbanización Llano Verde, Edificio Samán, Torre “B”, Apto 9-B, Sector La Guacamaya, Parroquia Miguel Peña, del Municipio Valencia, delEstado Carabobo, desde el día treinta y uno (31) de enero del año 1992, convivíamos de una manera tranquila, armónica, felices, hasta que en el mes de Julio del año 2004, nos separamos de hecho,por desacuerdos surgidos en el curso de los últimos años, fijando en domicilio diferente y desde entonces no hemos hecho vida común bajo ninguna circunstancia; en consecuencia, los hechos descritos...
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