documento notariado
El documento notarial es el otorgado en presencia del Notario Notaria o del funcionario o funcionaria consular en el ejercicio de funciones notariales, dentro de los limites de su competencia y con las formalidades de ley.
Diferencia entre un documento registrado y uno autenticado (Notariado)
El documento público (registrado) es aquel en el cual interviene ensu formación o lo forma un funcionario publico facultado por la ley para autorizarlo y dar certeza de los hechos jurídicas que el ha realizado, visto u oído.
El documento autentico es aquel formado únicamente por los particulares que después de formados y solo debido a la intervención posterior del funcionario público es que se obtiene certeza de quienes son los autores y de que acto se realizoDocumento Registrado
El Documento o instrumento público es aquel Documento expedido o autorizado por funcionario público o fedatario público competente y que da fe de su contenido por sí mismo.
En general, son documentos públicos aquellos emitidos por funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones. En España, el artículo 1216 del Código Civil define lo que se entiende por documentopúblico: Documento expedido o autorizado por funcionario público competente con las solemnidades requeridas por la ley.
Sin embargo, en el Derecho español, a efectos procesales, son considerados también documentos públicos los enumerados en el art. 317 de la Ley de enjuiciamiento civil:
1. las resoluciones y diligencias judiciales de toda especie y sus testimonios
2. los autorizados por Notario
3.los intervenidos por Corredores de Comercio y sus certificaciones
4. las certificaciones que expidan los Registradores de la Propiedad y Mercantiles de los asientos registrales
5. los expedidos por funcionarios públicos con facultades de dar fe
6. los que con referencia a archivos y Registros de la Administración pública sean expedidos por funcionarios facultados para dar fe.
También seconsideran documentos públicos las traducciones juradas.
En cualquier oportunidad, se les podría presentar un cliente para pedirles que le hagan un documento, porque él va a realizar la venta de un bien inmueble. Y ya sea que lo acuerde con el cliente; ya sea por negligencia; ya sea por desconocimiento o irresponsabilidad, usted le dice al cliente: “vamos a notarial”. ¿Qué pasa en ese caso? ¿Qué es loque se transmite en la Notaría? Acaso, ¿se llegó a realizar la venta de ese bien inmueble? No, por supuesto que no. Porque en ese acto lo que se ha transmitido es la posesión; es decir, que aún no se ha transmitido la propiedad. Y para que se transmita la propiedad tiene que haber existido antes la figura de la posesión.
Si se hace a través de la Notaría, ¿qué puede ocurrir allí? Puede ocurrirque se puede “vender” o realizar el acto jurídico no solo una vez, sino dos, tres y hasta cualquier cantidad de veces. Pero sucede que la persona que primero registre, se convertirá en el verdadero dueño de ese bien inmueble. Entonces, fíjense en las consecuencias que se derivan de un mal asesoramiento. Por otro lado, ese mal procedimiento genera un doble gasto para el cliente. Ni consejo es queusted como abogado debe hacer todo lo posible por minimizarle los gastos a su cliente. En pocas palabras, si hablamos de un bien inmueble, sencillamente vamos al Registro Inmobiliario y no a la Notaría.
¿Por qué es necesario e imprescindible que la venta se haga a través del Registro Inmobiliario y no a través de la Notaría? Porque a través del Registro Inmobiliario podemos acceder a lainformación de saber en que situación jurídica está ese bien inmueble (es decir, solicitando una Certificación de Gravamen). Contrariamente, eso no es posible saberlo en el caso de la Notaría.
Por otro lado, para que pueda protocolizarse (en el Registro Inmobiliario) la venta de un bien inmueble, tanto el bien inmueble, así como el Registro Inmobiliario, deben estar en la misma jurisdicción. Mientras...
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