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cuando tal habías ido a la voluntad del emperador., en tal caso, estaban como están
publicados Y fijados.
El emperador no redactaba sólo las constituciones imperiales. Lo mismo que los
magistrados, bajo la República se rodeaban de jurisconsultos de quienes toman parecer, de igual modo el emperador tenía un consejo, que presidía, entonces, el prefecto del pretorio, y
que estaba compuesto de Senadores y de caballeros. Todos versados en la ciencia del
derecho. Los proyectos de leyes eran frecuentemente elaborados por este consejo. Además
la influencia de las constituciones imperiales ha sido tal, que lo mismo en lo en los más afortunados príncipes que en los más desgraciados, contribuido al progreso del derecho.
El derecho en horario. Desde el principio del imperio, cansó todo su desarrollo. La obra de
los pretores concluye al final del siglo I de nuestra era, ya no se hacen notar por ninguna
reforma importante. El emperador Adriano quiere fijar y codificar los principios del derecho
pretoriano. Salivio Juliano, Uno de los más ilustres jurisconsulto de la época, fue encargado de esta misión. Se ha discutido mucho sobre el alcance de este trabajo. Dos. Solamente
aparecen ciertos: la inspiración de Adriano y la aprobación del Senado.
El edicto perpetuo fue comentado por muchos jurisconsulto, especialmente por Paulo y
Ulpiano. El mismo texto del edicto no ha llegado hasta nosotros. Pero numerosos
fragmentos de comentarles acerca del mismo, insertos en el digesto de Justiniano, han movido a realizar ensayos de restitución, y han permitido reconstruir El plan y las
principales disposiciones.
Los dictámenes de los jurisconsultos.
La consideración de que gozaban los jurisconsulto no hizo más que progresar con el
imperio. Tu respuesta tienen fuerza de ley bajo el reinado de Adriana, llegan a constituir una fuente importante del derecho escrito. Llegado a gusto al imperio, encontrar el apoyo de los
jurisconsultos, confiriendo un carácter oficial a la respuesta de algunos de ellos, antes de él,
la facultad de dar consulta no estaba de ningún modo otorgada por los poderes públicos.
Cualquiera que tenía confianza propia ciencia podía consagrarse a esta tarea. Los
sucesores de Augusto continuar otorgando este privilegio honorífico, que concedían a los que estaban investidos. La respuesta de los jurisconsultos oficiales no tenían todavía fuerza
de ley, Adriana no suprimió la concesión del jus público respondendi. Hacia el fin de su
reinado, una medida importante, que no es referida por gayo resuelve que los dictámenes
de los jurisconsultos oficiales tendrán fuerza de ley cuando estén de acuerdo, desde entonces fue exacto decir de estos jurisconsultos que tenía la facultad de hacer la ley para
comprobar el acuerdo extinguido por Adriano.
La clasificación de la clásica es aplicada, en general al periodo que se extiende de Augusto
a la muerte de Alejandro severo, y de una manera más especial a los reinados de los
anioninos Y de los severos. Al ciclo dos y a los primeros años del tres de nuestra era porque es entonces cuando los jurisconsultos romanos han llevado la ciencia del derecho a su
apogeo y han demostrado en sus escritos esa unión perfecta entre la teoría y la práctica,
esa precisión de lenguaje esas cualidades de análisis y deducción lógica que de ningún
modo han sido sobrepujadas, El estudio del derecho levantó cuestiones delicadas, y en
todos tiempos dio lugar a disidencias entre los jurisconsultos romanos, bajo el reinado de Augusto estas divergencias de opiniones motivaron la formación de dos escuelas o sectas
bien distinta: los proculeyanos Y los Sabinianos. La distinción de las 12 que se prolonga
hasta mediados del siglo XII en el punto bajo Antonio de piadosa, pompón mío, por medio
de esto, no se ha conservado un fragmento importante sobre la historia del derecho romano ...
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