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Páginas: 5 (1200 palabras) Publicado: 17 de enero de 2013
CARTILLA CASO PRÁCTICO

IMPUESTO A LA RENTA DE TERCERA CATEGORÍA


EJERCICIO GRAVABLE 2004




ÍNDICE



1.- PRESENTACIÓN

2.- ADICIONES A LA UTILIDAD NETA

3.- DETERMINACIÓN DE LA RENTA IMPONIBLE Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA

Anexo N° 1 Balance General ajustado por inflación al 31 de diciembre del
2004

Anexo N° 2 Estado de Ganancias yPerdidas al 31 de diciembre del 2004

Anexo N° 3 Resultado por Exposición a la Inflación.

Anexo N° 4 Actualización de los Pagos a cuenta del Impuesto a la Renta

Anexo N° 5 Factores de Actualización a utilizarse en el ajuste de los Estados
Financieros de las Empresas.

Anexo N° 6 Asientos Contables posteriores al balance general


4.- CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS5.- TABLAS ANEXAS

















1.- PRESENTACIÓN

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de aquellos contribuyentes obligados a presentar su declaración jurada correspondiente al ejercicio gravable 2004, mediante el formulario N° 954, ha desarrollado el siguientecaso práctico de determinación y cálculo del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría:

Todas las referencias que se hagan en este texto a los siguientes términos deberán entenderse como se indica :


Ley : Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el D.S. N° 179-2004-EF y modificatoria.
Reglamento : D.S. N° 122-94-EF y modificatorias.Impuesto : Impuesto a la Renta de Tercera Categoría.

El Sr. Pedro Ramos Rivas, con RUC N° 10894271863, tiene un negocio ubicado en el Jr. Libertad N° 203 - Huarmey, con nombre comercial “BOTICA - BAZAR SECHÍN”. Inició actividades el 01.06.1997 , lleva contabilidad completa y para efectos de la Declaración Jurada del Impuesto a la Renta de Tercera Categoría del Ejercicio Gravable 2004,cuenta con la siguiente información:

1.- El Balance General ajustado por inflación al 31.12.2004 (Ver Anexo N° 1) ha sido elaborado de acuerdo con las normas de ajuste por inflación con efecto tributario (Decreto Legislativo N° 797 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-96-EF) y refleja una utilidad antes del cálculo del Impuesto de S/. 19,225. Partiendo de este monto, que deberáconsignarse en la casilla N° 334 en el Estado de Ganancias y Pérdidas del formulario N° 954, se efectuarán los ajustes tributarios pertinentes a fin de determinar la Renta Neta Imponible.
2.- Ha realizado sus pagos a cuenta del impuesto en base al sistema a que se refiere el inciso a) del Art. 85° de la Ley. Ha tributado por este concepto S/. 5,738 a valores ajustados por efectos deinflación, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 7° del D.Leg. 797 y el último párrafo del artículo 2° de su Reglamento (Ver anexo N° 4).
3.- El negocio cuenta con dos (2) trabajadores bajo relación de dependencia, debido a ello, no se encuentra obligada a otorgar participación en las utilidades a los trabajadores (Artículo 9° del Decreto Legislativo N° 677). Estos trabajadores se encuentranafiliados a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
4.- Tiene un contador con contrato de prestación de servicios regulado de acuerdo a la legislación civil y cuya labor se desempeña bajo las condiciones señaladas en el inciso e) del artículo 34° de la Ley.
5.- El Sr. Pedro Ramos Rivas está identificado con DNI N° 89427186.
6- Del análisis de las cuentas del Balance General y del Estado deGanancias y Pérdidas se han determinado los siguientes reparos tributarios.






I M P O R T A N T E



De conformidad con el artículo 1° del Decreto Legislativo N° 797 “los contribuyentes generadores de renta de tercera categoría, deberán aplicar las Normas de Ajuste por Inflación del Balance General, mediante las cuales se determinará la base imponible de este impuesto”....
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