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Páginas: 8 (1757 palabras) Publicado: 30 de enero de 2013
Dictamen Nº : -2012-MP-1FPCAR.
Exp. Nº : 02219-2012-0-0401-JR-LA-05.
Materia : Contenciosa administrativa.
Demandante : Mayoria Arguelles, Martha Fortunata.
Demandado : Gerencia Regional de Educación de Arequipa.
Juzgado : Quinto Juzgado de Trabajo.Especialista : Huaranga Arias, Ruth Mary.


señor juez del quinto juzgado de trabajo de arequipa

Habiendo dispuesto el Juzgado la remisión del expediente Nº 02219-2012-0-0401-JR-LA-05 al Ministerio Público para el dictamen correspondiente y siendo éste recepcionado el 06 de julio del 2012; se tiene lo siguiente:


I. ANTECEDENTES.

PRIMERO. Doña Martha FortunataMayoria Arguelles, interpone en fecha 24 de mayo del 2012 demanda contenciosa administrativa (fojas 14) en contra de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa; solicitando como Pretensión Principal: Se disponga que la demandada cumpla con lo previsto en el art. 48 de la Ley 24029 modificada por Ley 25212 y art. 210 del D.S. 019-90-ED; esto es, abonar a la recurrente en la forma correcta y en elmonto dispuesto por ley el pago de la bonificación especial por preparación de clases, evaluación calculada al 30% de la remuneración total o integra, desde la vigencia de al bonificación (21 de mayo de 1990) en su condición de Profesora – Cesante del magisterio, al acreditarse una vulneración continua de sus derecho remunerativos mensuales, deduciéndose lo pagado en forma incorrecta. Y comoPretensión Acumulada, Originaria Objetiva y Accesoria: Se disponga el pago de los intereses de las sumas devengadas, ello en ejecución de sentencia.

SEGUNDO. Luz Amparo Begazo de Davila, Procuradora Pública Regional Adjunta a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional de Arequipa se apersona al proceso (fojas 41) en representación del Gobierno Regional de Arequipa, de la ProcuraduríaPública Regional y de la Gerencia Regional de Educación de Arequipa; y precisa que de acuerdo a los dispuesto por el Decreto Regional 005-2011-AREQUIPA, declara expresamente su voluntad de allanarse a las pretensiones de la demanda (principal y accesorias) reconociendo el derecho de la parte demandante a que se le otorgue la bonificación especial en base a la remuneración total integra.

TERCERO. PorResolución N° 03-2012 (fojas 43) se resuelve admitir el allanamiento a la demanda, presentado por la Procuradora Pública Regional Adjunta a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional de Arequipa en representación de la demandada.

II. FUNDAMENTOS.-

PRIMERO. Del Allanamiento. (1) El Código Procesal Civil se refiere al allanamiento en el artículo 330; señalando lo siguiente:“Artículo 330.- Allanamiento y Reconocimiento.// El demandado puede expresamente allanarse o reconocer la demanda, legalizando su firma ante el Auxiliar jurisdiccional. En el primer caso acepta la pretensión dirigida contra él; en el segundo, además de aceptar la pretensión, admite la veracidad de los hechos expuestos en la demanda y los fundamentos jurídicos de ésta.// El reconocimiento se regula por lodispuesto para el allanamiento”. (2) Sobre el particular debe señalarse que “en el allanamiento, la conformidad del demandado con lo pedido por el actor, simplifica la labor del juez al dictar su sentencia. Una vez que el juez ha llegado a la conclusión de que lo que se pide en la demanda no es imposible o contrario al ordenamiento jurídico, no es necesario enjuiciar los hechos, ni se precisa unanálisis o valoración de la prueba, ni interesa comprobar si los fundamentos jurídicos invocados se ajustan a la realidad fáctica invocada”[1].

SEGUNDO. Bonificación especial por preparación de clases y evaluación. (1) El artículo 48º de la Ley Nº 24029 modificado por la Ley Nº 25212 del 20 de mayo de 1990 determina que “el profesor tiene derecho a percibir una bonificación especial mensual...
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