DOCUMENTO
Bogotá D.C. 02 de febrero de 2016
Doctor
MIGUEL CONTRERAS
Contador
Norma
Carrea 21 No. 87-09
Bogotá D.C
Asunto: doctor Contreras
La IPS ofrece la posibilidad de declarar e inclusopagar cotizaciones por Internet.
Para realizar este trámite en forma manual es necesario obtener un Talonario de trabajador de Casa particular. Si el trabajador no cuenta con él, debepresentarse en cualquier Centro de Atención del IPS con los siguientes documentos:
Afiliados al régimen antiguo deben presentar:
La tasa de cotización para lastrabajadoras de casa particular afiliadas al antiguo régimen es de un 25.79% desglosada de la siguiente forma:
INSTITUCION PREVISIONAL
TASA COTIZACI
ON
TASA
(%)
MONTO A CANCELAR
Inst dePrevisión a
ingresar
Fondo de Pensiones
18.84%
2%
$45.000
AFP Afiliación libre Elección
Fonasa
7%
3%
Empresario
AFP (Fondo de Indemnización)
Accidentes de Trabajo y Enfermedadesprofesionales
0.95%
4%
$65.000
IPS
Las Trabajadoras de Casa Particular afiliadas al Régimen nuevo de Previsión (AFP) efectúan la
Cotización de correspondiente al Fondo de Pensiones, en la AFP1 enla cual se encuentre afiliada o
en la que ingrese por su libre elección. El % a enterar es variable y depende de cada AFP.2
Todas las trabajadoras de casa Particular perteneciente alRégimen Antiguo deben afiliarse a una AFP de su elección, con el sólo objeto de cotizar en ella por parte del empleador el 4,11% correspondiente al aporte de Indemnización; en las afiliadasal nuevo sistema éste se efectúa en la misma AFP, en la que es afiliada.
El empleador debe calcular las Cotizaciones a pagar, sobre la renta imponible es decir aquella convenía entreel trabajador y el empleador, y que se encuentra formalizada en el Contrato del Trabajo.
Cordialmente,
DIEGO ALZARE MARIN
Gerente Comercial
Transcriptor: María Fernanda Bernal D
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