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VS
CELINA ROXANA DIAZDE LA VEGA
Y OTRO.
JUICIO: CESACION DE PENSIONALIMENTICIA.
EXP. 548-2/2011
C. JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL
GUSTAVO ADOLFOVAZQUEZ BARRIOS, MOISES RICARDO VAZQUEZ DIAZ, con la personalidad que tenemos acreditada en autos ante Usted con el debido respeto comparecemos y exponemos:
Que en virtud dehaber llegado a un arreglo conciliatorio para dar por terminado el pago de los alimentos a favor de MOISES RICARDO VAZQUEZ DIAZ, los cuales fueron fijados en el juicio de pensión alimenticia que setramito ante el juzgado primero de lo familiar bajo num. de expediente 247-3/01 señalando al efecto las siguientes:
D E C L A R A C I O N E S
1.- Declara el C. MOISESRICARDO VAZQUEZ DIAZ que es mayor de edad y que desde el día 14 de julio del año 2009 me encuentro viviendo e incorporado en el domicilio de mi progenitor y quien de manera directa me proporcionalos alimentos que me corresponden como son ropa, medico, gastos de escuela, gastos de pasaje y todo lo necesario.
2.- Ambas partes declaran que el presente convenio tienecomo fin dejar sin efecto únicamente el porcentaje del 12.5 % de pensión alimenticia que se le viene descontando al C. GUSTAVO ADOLFO VAZQUEZ BARRIOS, el cual recibe la C. CELINA ROXANA DIAZ DE LAVEGA CASTREJON y que le corresponde al C. MOISES RICARDO VAZQUEZ DIAZ, solicitando se admita el presente convenio por no contener cláusula contraria a la moral y al derecho.
C L A U S U L A S...
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