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Defensa de Carlos Cienfuegos, matador de la condesa Hamilton.
(Corte de jurados de Roma, 7 de abril de 1916)
Ilustre señor presidente, señores jurados:
En esta última hora de tan rápido y claro debate judicial, estoy persuadido de que vuestra convicción se ha formado ya en vuestra conciencia. Habéis visto al acusado; habéis oído su interrogatorio; de las páginas delproceso que la sagaz sabiduría del presidente os ha hecho escuchar, habéis visto surgir la silueta humana de los dos protagonistas de este drama sangriento; y vosotros, con la experiencia de la vida, con la serenidad de vuestra conciencia de hombres honrados, ciertamente habéis madurado en vuestro ánimo, o un sentimiento de repulsión y de condena, o un sentimiento de clemencia y de piedad. Estoyseguro de que esta segunda forma de sentimiento humano se encuentra en vuestro ánimo, porque aquel joven es mucho más un desventurado que un delincuente. Y entonces, si tal es el estado de vuestro ánimo en este final del debate, mi tarea no puede ser sino esta, que es harto insignificante: precisar con los autos de la causa las razones por las cuales vosotros, en la tranquila conciencia de personashonradas, podéis impartir un veredicto absolutorio. Y esta es la tarea que imponen los hechos y que impuse desde el principio a mi conciencia, porque creo que así en la vida social como en la vida judicial, decir la verdad es un lujo costoso, más es también el mejor camino, tanto para ahorrar tiempo a quien tenga muchas cosas que hacer y no pueda acumular en su mente todas las mentiras que se vantramando, como porque, en el fondo, cuando es tal la palpitación de las cosas, el exponerlas íntegras, abiertas, límpidas, es también la forma de elocuencia más persuasiva.
Cuando el representante de la acusación pública, dirigiéndose a mí, repetía ayer, por centésima vez en mi vida judicial, esa galantería un poco peligrosa de poneros en guardia contra la sugestión de mi palabra, que correparejas con ese otro estribillo que con seguridad habréis oído del representante de la parte civil, de que cuando el enfermo recurre a un médico notable por su fama, significa que se siente mal de salud; cuando se esgrimía ese argumento, evidentemente creí que me pondría en una condición difícil frente a vosotros, y también frente a la competencia profesional.
NO HAY DERECHO A MATAR Pero el agentedel ministerio público, en efecto, ha debido temer, no la sugestión de mi palabra sino la sugestión de los hechos, la sugestión de los sentimientos, la sugestión de la vida precedente, la sugestión que surge de toda la actitud de esta criatura humana que está delante de vosotros, después de haber ensangrentado sus manos y después de haber ensangrentado su pecho. Sugestión de cosas y de hechos, enverdad, a la cual solamente confío el destino de este joven en vuestro veredicto, que será de absolución, pero no será de recompensa a quien ha matado, como ayer decía el representante del ministerio público. No será la afirmación o el reconocimiento del derecho de matar, porque nosotros no reconocemos este derecho en ningún caso, fuera del estado de legítima defensa y de necesidad. En este únicocaso el hombre tiene derecho de matar para salvarse de una agresión injusta o de un peligro en otra forma irreparable; en todos los demás casos no hay derecho de matar. Y yo nunca he invocado, ni en la cátedra ni en mi carrera judicial, el derecho de matar para el marido que da muerte a la mujer adúltera, sorprendida in flagranti y tanto menos lo invoco para el amante que con la amante se ha asomadoal borde tenebroso de la eternidad de la tumba.
No hay derecho de matar, pero vosotros debéis ver lo que la ley os pregunta: ¿cuál es la responsabilidad moral y legal del autor de este hecho trágico, ocurrido en la tarde del 6 de marzo de 1915, en la Pensione Dienesen? Esto es lo que debéis decidir. Si optáis por la absolución, no discerniréis con ello una corona de laurel, ni ciertamente el...
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