dodero vs consorcio de neuquen
Obligaciones propter rem
Su Ponderacion en los plenarios “Dodero” y “Servicios Eficientes"
Por Carlos A. Fossaceca(h)[1]
El estudio y análisis de las obligacionespropter rem no ha sido fácil. Ello explica que se haya propuesto categorizarlas, conjuntamente con el ius ad rem y los derechos reales in faciendo, como situaciones intermedias entres los derechospersonales y reales.
Los dos plenarios que vamos a comentar versan sobre distintas situaciones que se caracterizan por determinar si el sucesor particular debe afrontar una deuda originada anteriormente asu derecho.
1. Plenario "Dodero, Hipólito C. c/Consorcio Neuquén 586/88/90 y/u Otro" [arriba] -
Su objeto consistió en establecer si los adquirentes de inmuebles debían satisfacer losdaños originados a terceros, ocasionados con motivo de su construcción; producidos con anterioridad a la constitución de su derecho de dominio.
La Cámara en pleno votó unánimemente por la negativa.Sin embargo, se traslucen distintos fundamentos.
Para una primer opinión –voto del magistrado Yañez, a la cual se adhirieron los jueces Vocos, Pizarro, de Igarzábal, Carnevale, Durañona y Vedia,Collazo, Belluscio, Quiroga Olmos, Cichero, Monferrán, Gnecco, Coghlan, Padilla y Fliess– no sería esta situación uno de los casos de obligaciones propter rem por el carácter personal de laresponsabilidad.
Cifuentes se adhirió a este orden de ideas. La causa del hecho, acción u omisión humana, produce un derecho personal de indemnización concurrente con sus cuatro presupuestos: antijuricidad,daño, relación de causalidad y factor de atribución. Su característica estriba en ser intransferible, salgo disposición contraria de ley.
Al poseer tal origen, queda descartada la posibilidad deatribuir el daño en virtud de una relación con la cosa. Tampoco puede este elemento ser accesorio del inmueble.
Una segunda tesitura –sustentada por el juez Vernengo– emplaza como factor...
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