Donación Entre Vivos
Admiración de empresas
Derecho empresarial 1
CABRERA LETONA, MAYRA ISABEL
DONACIÓN ENTRE VIVOS
NOMBRE :Gustavo Adolfo Calvet Ávila
NO.CARNE 12182015
FECHA DE ENTREGA: 16/2/2013
INTRODUCCIÓN
El Presente trabajoabarca el contenido en si de lo que es la donación entre vivos, en el cual se hace un análisis doctrinario abarcando su propio concepto, naturaleza jurídica, modalidades, características, diferencias con otro contrato, elementos. En cuanto al ámbito legal su regulación en el cuerpo legal guatemalteco. Requisitos previos y posteriores a su otorgamiento, los efectos que surte. Lo que se explica en elcontenido del presente trabajo.
DONACIÓN ENTRE VIVOS
En doctrina: Federico Puig Peña dice: Cada Institución Jurídica desenvuelve en su fondouna faceta del alma humana. Tales como el préstamo usuario que se refleja en la codicia; elcomodato que es el sentimiento de amistad y ayuda; la renta vitalicia que es la seguridad deun porvenir, etc. Pero ninguna de las anteriores Instituciones se comparacon la Donación,que descubre el aspecto mas puro de nuestros sentimientos como la bondad por la que elhombre se manifiesta en el despojo de las sensaciones inmobles y se manifiesta a sussemejantes bajo el propio signo de humanidad.La palabra donación viene del latín Donis Actio de donde se destaca el valor de doselementos singulares:1.Uno es Subjetivo – el animus donandi2.El otro es objetivo – quees el desprendimiento patrimonial definitivo del donante,con el enriquecimiento donatorio.El Código Civil Español en el artículo 618 dice: que la Donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa a favor de otra que la acepta. Deésta definición que nos da el Código Civil Español se deducen tres elementos que son:1.El acto de liberalidad2.Disposicióngratuita de una cosa3.Beneficio adquirido por el tercero que lo acepta.La expresión de la donación es un acto de liberalidad, hace referencia a un momentosubjetivo situado en la persona del donante.Cuando se refiere a la disposición gratuita de una cosa, supone un acto de desprendimiento patrimonial de una cosa para que pase a otra persona, por lo que la donación constituyeempobrecimiento para eldonante y cuando se dice que es gratuito se refiere a que no medieen el acto la contraprestación de la otra parte.La expresión legal del Código español al referirse a “Disposición gratuita de una cosa afavor de otra que la acepta refleja la expresión doctrinal que no hay donación sin que eldonatario se enriquezca sin que se verifique un aumento en su patrimonio correspondienteal desprendimiento del dela otra parte; Donante.Como consecuencia de lo anterior se puede completar la distinción del Código, diciendoque la Donación, “es aquel contrato por cuya virtud una persona, con ánimo de beneficiar,
se desprende, actual y definitivamente de un sector de su patrimonio, para aumentar en lamisma medida el de un tercero.
Naturaleza Jurídica:
Debido a los aportes de la doctrina romana ha sido muycontrovertida la naturaleza jurídicade la donación, hasta que los juristas germanos S
avigny y Puchta
formularon su famosateoría integral, después surgió una tradición procedente del Derecho romano queconsideraba a la Donación como uno de los modos de adquirir la propiedad.La teoría civilística dice que la donación es un contrato que como tal requiere desasentimiento del donatorio, sin talconcurso de voluntades no podrá haber donación. Entrelas clases de donación esta; la donación,
Donatio Mortis causa, donación onerosa,donación universal, la donación Inter. vivos, dirigiéndose a ésta última como las verdaderasdonaciones, que se han de regir por las disposiciones generales de los contratos yobligaciones en todo lo que se halle determinado en el título dedicado a la donación.Las...
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