Donaciones, subvenciones y legados recibidos
Subvenciones, donaciones y legados otorgados por terceros distintos a los socios o propietarios
Las subvenciones, donaciones y legados no reintegrablesse contabilizarán como ingresos directamente imputados al patrimonio neto y se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Atendiendo a su valoración podrán ser:
• De carácter monetario sevalorarán por el valor razonable del importe concedido.
• De carácter no monetario o en especie se valorarán por el valor razonable del bien recibido.
Las subvenciones, donaciones y legadosde carácter de no reintegrables se imputarán atendiendo a su finalidad.
De forma que el criterio a la hora de imputar una subvención, donación o legado de carácter monetario tendrá que ser el mismoque para una recibida en especie, siempre que se refieran a la adquisición del mismo tipo de activo o a la cancelación del mismo tipo de pasivo.
Según su imputación en la cuenta de pérdidas yganancias, se pueden distinguir:
• Cuando se concedan para asegurar una rentabilidad mínima o compensar los déficit de explotación: se imputarán como ingresos del ejercicio en el que se concedan, y en elde ejercicios diferentes si están destinadas al déficit de dichos ejercicios.
• Cuando se concedan para financiar gastos específicos: se imputarán como ingresos en el mismo ejercicio en el quese devenguen los gastos.
• Cuando se concedan por adquirir activos o cancelar pasivos, se pueden distinguir los siguientes casos:
- Activos del inmovilizado intangible, material einversiones inmobiliarias: se imputaran como ingresos según su amortización.
- Existencias que no se obtengan como consecuencia de un rappel comercial: se imputarán como ingresos del ejercicioen que se contabilice.
- Activos financieros: se imputarán como ingresos del ejercicio en el que se produzca su enajenación, corrección valorativa por deterioro o baja en balance....
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