DOSSIER
Concepto y Naturaleza del atestado
El artículo 292 de la LECrim determina que la policía extenderá un atestado de las diligencias que practique,especificando con la mayor exactitud los hechos por el averiguados, insertando las declaraciones e informes recibidos, anotando las circunstancias que hubiesen observado y pudiesen ser prueba o indicio dedelito.
La investigación se potenciará con nuevas facultades que se asignan a la Policía en el ámbito de los juicios rápidos.
Forma y contenido
Los requisitos del atestado están reflejados en losartículos del 292 al 297 de la LECrim, sin reflejar cual es la forma que ha de revestir el mismo.
Según el art 292:
Papel Sellado o papel cómun
Se reflejan las diligencias que se practiquenEspecificando con exactitud los hechos averiguados
Insertando y anotando las circustancias que hubiesen observado y pudiesen ser prueba o indicio de delito.
Exige pues:
Relato históricoAcompañado de actas e inspecciones oculares
Declaraciones de inculpados y testigos
Informes periciales
Actos de citación
El atestado será firmado por el que lo haya extendido y si usare sello loestampará en todas las hojas.
Testigos y peritos serán invitadas a firmar , expresando razón en caso negativo.
Identificación de los agentes (Según regla 21 art 767 LECrim su nº de carnet profesional)Excepcionalmente se substituirá por una declaración verbal que se reducirá a escrito de un modo fehaciente por el funcionario del ministerio fiscal, el juez de instrucción municipal manifestandose elmotivo de no haberse redactado en forma ordinaria.
Con el atestado se remitirá informe de detenciones anteriores y de la existencia de requisitorias y busca del sujeto (diligencia de antecedentes).Diligencias judiciales secretas art 301 hasta que se habra juicio oral con las excepciones art 448 y 449 LECrim o supuestos de prueba preconstituida o anticipada.
Art 118 LECrim desde que se...
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