drawback
1.- ¿Cuándo solicitar el Drawback y cuando Admisión Temporal?
Drawback es una devolución simplificada y proporcional al valor exportado (5% del valor FOB neto), cuando el valor derestitución sea igual o mayor a los impuestos pagados por los insumos importados. Acogerse al Drawback no afecta el derecho de las empresas exportadoras para solicitar la devolución del IGV ante SUNAT.Mientras que la admisión temporal son mecanismos de suspensión de pago de impuestos.
2.- ¿Hasta qué porcentaje de componente importado conviene solicitar el Drawback?
Hay que tener en cuenta que nohay porcentaje mínimo de componente importado para solicitar el drawback.
3.- ¿Hasta qué monto una empresa puede acogerse al Drawback?
El límite de US$ 20 millones se aplica a cada partidaarancelaria y a las empresas. Si una empresa exporta varios productos puede solicitar Drawback por cada uno de ellos hasta un máximo del 80% de los 20 millones por partida arancelaria.
4.- ¿Hasta qué montouna empresa puede acogerse al Drawback?
El límite de US$ 20 millones se aplica a cada partida arancelaria y a las empresas. Si una empresa exporta varios productos puede solicitar Drawback porcada uno de ellos hasta un máximo del 80% de los 20 millones por partida arancelaria.
5.- ¿Qué tipos de empresas pueden acogerse al Drawback?
Las productoras-exportadoras, incluidas las que efectúandirectamente la exportación o aquellas que encargan la elaboración de los bienes que exporta a terceros.
No es necesario calificación sectorial previa
La importación de los insumos puede realizarsedirectamente por la empresa exportadora o a través de terceros, siempre que éstos no hayan aplicado algún proceso de exoneración arancelaria al referido insumo.
6.-¿Qué tipos de empresas puedenacogerse al Drawback?
Las productoras-exportadoras, incluidas las que efectúan directamente la exportación o aquellas que encargan la elaboración de los bienes que exporta a terceros.
No es...
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