drecho civil sucesiones
Universidad Panamericana
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Yanela Guerrero
Profesor Rolando Muñoz
Materia Derecho Civil IX Sucesiones
TESTAMENTOS EN GENERAL
El acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos, se llama testamento.
El testador puede disponer de sus bienes a título de herencia o delegado.
En la duda, aunque el testador no haya usado la palabra heredero, si su voluntad está clara acerca de este concepto, valdrá la disposición como hecha a título universal . No podrán testar dos o más personas mancomunadamente o en un mismo instrumento, ya lo hagan en provecho recíproco, ya en beneficio de un tercero.
El testamento es un acto personalísimo; no podrá dejarse su formaciónen todo ni en parte, al arbitrio de un tercero ni hacerse por medio de mandatario.
Tampoco podrá dejarse al arbitrio de un tercero la subsistencia del nombramiento de herederos o legatarios, ni la designación de las porciones en que hayan de suceder cuando sean instituídos nominalmente.
Podrá el testador encomendar a un tercero la distribución de las cantidades que deje en general a clasesdeterminadas, como a los parientes, a los pobres, o a los establecimientos de beneficencia, así como la elección de las personas o establecimientos a quienes deben aplicarse.
Toda disposición que sobre institución de herederos, mandas o legados haga el testador, refiriéndose a cédulas o papeles privados que después de su muerte aparezcan en su domicilio o fuera de él, será nula si en las cédulas opapeles no concurren los requisitos prevenidos para el testamento ológrafo.
DE LA FORMA DE LOS TESTAMENTOS
El testamento puede ser común o especial. El común puede ser ológrafo, abierto o cerrado.
Se consideran testamentos especiales el marítimo, el militar y el hecho en país extranjero.
Se llama ológrafo el testamento cuando el testador lo escribe por sí mismo, en la formay con los requisitos que determina este Código.
Es abierto el testamento siempre que el testador manifiesta su última voluntad en presencia de las personas que deben autorizar el acto, quedando enterados de lo que en él se dispone.
El testamento es cerrado cuando el testador, sin revelar su última voluntad, declara que ésta se halla contenida en el pliego que presenta a las personas que han deautorizar No pueden ser testigos en los testamentos:
1. Los menores de edad, salvo lo dispuesto en el Artículo 733;
2. Los que no tengan la calidad de vecinos o domiciliados en el Distrito del otorgamiento, salvo en los casos exceptuados por la ley;
3. Los ciegos y los totalmente sordos o mudos;
4. Los que no entiendan el idioma del testador, si éste no sabe el castellanoy testa en su idioma;
5. Los que no estén en su sano juicio;
6. Los que hayan sido condenados por el delito de falsificaciones de documentos públicos o privados, o por el de falso testimonio, y los que estén sufriendo de interdicción judicial;
7. Los dependientes, amanuenses, criados o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del Notarioautorizante.
DE LA FORMA DE LOS TESTAMENTOS
El testamento puede ser común o especial. El común puede ser ológrafo, abierto o cerrado.
Se consideran testamentos especiales el marítimo, el militar y el hecho en país extranjero.
Se llama ológrafo el testamento cuando el testador lo escribe por sí mismo, en la forma y con los requisitos que determina este Código.
Es abierto eltestamento siempre que el testador manifiesta su última voluntad en presencia de las personas que deben autorizar el acto, quedando enterados de lo que en él se dispone.
No pueden ser testigos en los testamentos:
1. Los menores de edad, salvo lo dispuesto en el Artículo 733;
2. Los que no tengan la calidad de vecinos o domiciliados en el Distrito del otorgamiento, salvo en los casos...
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