DS056 2015EF
2015 a favor de los pliegos Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas e Instituto de
Gestión de Servicios de Salud
DECRETO SUPREMO Nº 056-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2015, se aprobó, entreotros, el presupuesto del pliego 011: Ministerio de Salud;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1153 y sus modificatorias se regula la Política
Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del
Estado, cuya finalidad es que el Estado alcance mayores niveles de eficacia, eficiencia, y preste
efectivamente servicios de calidad en materia de salud al ciudadano, através de una política
integral de compensaciones y entregas económicas que promueva el desarrollo del personal de
la salud al servicio del Estado;
Que, el numeral 3.2 del artículo 3 del precitado Decreto Legislativo, modificado por el
Decreto Legislativo N° 1162, señala que el personal de la salud está compuesto por los
profesionales de la salud y personal técnico y auxiliar asistencial de lasalud;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1153, la
compensación económica que se otorga al personal de la salud es anual y está compuesta por
la valorización principal, la valorización ajustada y la valorización priorizada;
Que, a través de los Decretos Supremos N°s. 223 y 286-2013-EF y N° 128-2014-EF se
aprobaron, entre otros, la valorización principal para losprofesionales de la salud, para el
personal de la salud técnico y auxiliar asistencial y para los profesionales de la salud químico que
prestan servicios en el campo asistencial de la salud, así como para los técnicos especializados
de los servicios de fisioterapia, laboratorio y rayos x, a que se refiere el Decreto Legislativo N°
1153, respectivamente;
Que, con Decreto Supremo N° 302-2014-EF, semodificaron los numerales 2 y 3 del Anexo
I del Decreto Supremo N° 223-2013-EF, en lo que corresponde a la valorización priorizada por
atención primaria de Salud y la valorización priorizada por atención especializada para los
profesionales de la salud; así como el Anexo del Decreto Supremo N° 286-2013-EF, en lo que
corresponde a la valorización priorizada por atención primaria de salud para elpersonal de la
salud técnico y auxiliar asistencial; y, el numeral 1.2 del artículo 1 del Decreto Supremo N° 1282014-EF correspondiente a la valorización priorizada por atención primaria de salud para los
profesionales de la salud químico que prestan servicios en el campo asistencial de la salud y
técnico especializado de los servicios de fisioterapia, laboratorio y rayos x;
Que, con Decreto SupremoN° 226-2014-EF se aprobó, entre otros, el monto de la
valorización priorizada por atención en servicios críticos para el personal de la salud en el marco
de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N°
1153;
Que, mediante Decreto Supremo N° 342-2014-EF se aprobó el monto de la valorización
priorizada por atención específica de soporte, para elpersonal de la salud técnico o auxiliar
asistencial de la salud conforme a lo dispuesto en el literal f) del numeral 8.3 del artículo 8 del
Decreto Legislativo N° 1153, incorporado mediante el artículo 1 de la Ley N° 30273;
Que, en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo
N° 223-2013-EF, se aprueba el incremento en un 55% del monto que por concepto de
bonificación porguardias hospitalarias vienen percibiendo los profesionales de la salud: Químico
Farmacéutico, Obstetra, Enfermero, Tecnólogo Médico y Asistenta Social que laboren en los
servicios de emergencia, centro quirúrgico, centro obstétrico, unidad de cuidados intensivos y
hospitalización, según corresponda;
Que, en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo
N° 286-2013-EF, se...
Regístrate para leer el documento completo.