DS54

Páginas: 7 (1643 palabras) Publicado: 25 de septiembre de 2014
 08/09/2014


Disposiciones legales Decreto supremo Nº54














Carlos Igor Gonzalèz.Legislación en seguridad y salud ocupacional.
Ingeniería en prevención de riesgos.

Introducción.

Muchas empresas y trabajadores no tienen conocimiento sobre la real importancia y de lo imprescindibles que son los Comités Paritarios, puesto que, en algunos casos, éstos noson considerados por la empresa, quienes a causa de esto, no otorgan la información adecuada, y no adoptan las medidas exigidas y estipuladas por el Decreto supremo número 54, el cual posee un reglamento, que otorgaría mayor eficacia a la productividad de empresas o faenas, en las cuales se tenga conocimiento de este, y se dispongan a seguirlo al pié de la letra, contando con la supervisión de entesfiscalizadores, del Servicio Nacional de Salud, para el cumplimiento y ejecución cabal de las disposiciones echas en el Decreto Supremo número 54. A continuación se hará un breve ensayo del Decreto Supremo número 54, sobre lo que convoca la existencia de los Comités Paritarios de Higiene y seguridad, adentrándonos a conocer, cuándo se conforman, quienes pueden formar parte de él, los requisitospara postular al comité y las funciones que éste debe cumplir, entre otras.
















DECRETO SUPREMO N° 54

¿Qué es un Comité Paritario de Higiene y Seguridad?
El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es una unidad técnica de trabajo conjunto entre la empresa y los trabajadores, que sirve para detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedadesprofesionales que pudieran sufrir los trabajadores.

¿Cuándo surgieron en Chile los comités paritarios?
En 1969 a través del artículo 66 de la Ley Nº 16.744 del ministerio del Trabajo.

¿Quiénes lo integran?

Tres representantes titulares designados por la empresa, también llamados representantes patronales.
Tres representantes titulares elegidos por los trabajadores.

Por cada miembro titular sedesignará, además, otro en carácter de suplente.

¿En qué tipo de empresas pueden formarse?
Los comités paritarios son obligatorios en toda empresa, faena, sucursales o agencia en que trabajen más de 25 personas.
Además, en las empresas mineras, industriales, o comerciales que ocupen a más de cien trabajadores, es obligatorio un Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales.

¿Existenlos comités paritarios en el sector público?
Sí, funcionan de igual forma que en las empresas privadas, rigiéndose por el Decreto Nº 54, de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que regula en general los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.

Y en las empresas que tienen más de una faena o sucursal, ¿también pueden formarse comités paritarios?
Sí, debe organizarse un ComitéParitario de Higiene y Seguridad si la empresa tuviera faenas, sucursales o agencias distintas, en el mismo o en diferentes lugares. Asimismo, podrá constituirse un Comité Paritario Permanente de toda la empresa, que supervigilará el funcionamiento de los comités paritarios organizados en cada sucursal o faena.

Las empresas que contraten o subcontraten ¿tienen alguna obligación en laconstitución de Comités Paritarios?
Sí, la ley de subcontratación (Ley N° 20.123) establece la obligación de la empresa principal de velar por la constitución y funcionamiento de los Comités Paritarios de faena.

Además, se señala que para el cálculo del número de trabajadores que presten servicios en un mismo lugar de trabajo, se considera a todos los trabajadores que presten sus servicios en la...
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