Dsadsa
-
Artículo 11. Los honorarios que perciba, deberánser proporcionales con la importancia de las labores a desarrollar, el tiempo que les dedique, el grado de especialización requerido y los resultados obtenidos.
-La cantidad de dinero serarepartida proporcionalmente segun la dificultad o el tiempo que se lleve, tambien en los resultados que se obtengan al final.
Artículo 12. Se abstendrá de hacer comentarios negativos, que perjudiquen lareputación y el prestigio de otro colega, de la Federación Nacional o de la profesión en general.
-Evitar crear una mala reputación de su compañero o de su profesión, la mala reputación es letal paracualquier negocio, es preferible mantener un buen ambiente con tus compañeros para lograr mejores objetivos.
Artículo 13. Deberá dar a sus colaboradores el trato que les corresponde, fomentará suadecuada capacitación y desarrollo.
-Tratar a sus colaboradores de una manera saludable, sin faltar el respeto, para la reducción del estrés y para la creación de un ambiente productivo yagradable, tambien escuchandolos, pues ellos pueden tener ideas y puntos de vista sorprendentes y utiles.
Artículo 14. En el caso de contar con pruebas concluyentes, de cualquier desviación cometida poralgún colega a lo establecido por este código de ética, tendrá la obligación de informarla por escrito al Consejo de Honor y Justicia, de la Federación Nacional CONLA, A. C., o bien al Consejo de Honory Justicia, de la entidad a que corresponda.
-En caso de alguna irregularidad tiene que hacercele saber al Consejo de Honor y Justicia, el Consejo tiene la obligación de conocer, analizar y...
Regístrate para leer el documento completo.