DURACIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE UNA SOCIEDAD RURAL
La Ley Agraria establece en su numeral 109 la duración de los miembros del Consejo de Administración, que a la letra establece que:“Los estatutos de la unión deberán contener lo siguiente: denominación, domicilio y duración; objetivos; capital y régimen de responsabilidad; lista de los miembros y normas para su admisión,separación, exclusión, derechos y obligaciones; órganos de autoridad y vigilancia; normas de funcionamiento; ejercicio y balances; fondos, reservas y reparto de utilidades, así como las normas para su disolucióny liquidación.
El órgano supremo será la asamblea general que se integrará con dos representantes de cada una de las asambleas de los ejidos o de las comunidades miembros de la unión y dosrepresentantes designados de entre los miembros del comisariado y el consejo de vigilancia de los mismos.
La dirección de la unión estará a cargo de un Consejo de Administración nombrado por la asambleageneral; estará formado por un Presidente, un Secretario, un Tesorero y los vocales, previstos en los estatutos, propietarios y sus respectivos suplentes, y tendrán la representación de la unión anteterceros.
Para este efecto se requerirá la firma mancomunada de por lo menos dos de los miembros de dicho consejo.
La vigilancia de la unión estará a cargo de un Consejo de Vigilancia nombradopor la asamblea general e integrado por un Presidente, un Secretario y un Vocal, propietarios con sus respectivos suplentes.
Los miembros de la unión que integren los Consejos de Administración y deVigilancia durarán en sus funciones tres años y sus facultades y responsabilidades se deberán consignar en los estatutos de la unión.”
(Énfasis añadido)
De una interpretación armónica del textoanterior se desprende que este establece un mínimo de duración para el ejercicio de funciones de los miembros del consejo mas no limita su duración máxima por lo que se concluye que los consejeros...
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