Sociedad de Produccin Rural El acta constitutiva que contenga los estatutos de la sociedad, deber otorgarse ante fedatario pblico e inscribirse en el Registro Agrario Nacional, a partir de lo cual launin tendr personalidad jurdica. Los Estatutos de la Sociedad debern contener lo siguiente Denominacin. Domicilio. Duracin. Objetivos. Capital y rgimen deresponsabilidad. Lista de los miembros y normas para su admisin, separacin, exclusin, derechos y obligaciones. rganos de autoridad y vigilancia normas de funcionamiento ejercicio ybalances fondos, reservas y reparto de utilidades, y Normas para su disolucin y liquidacin. Se deber Tramitar el permiso de constitucin. Realizar (el Acta la cual debeidentificar el sustento legal de la asamblea, indicar datos generales de la convocatoria, sealar artculos de que sustenta, enunciar el orden del da. Describir acuerdos tomados destacando domicilio social,capital social, aprobacin de estatutos, padrn de socios, miembros electos a los rganos de Representacin, nombres, firmas y certificacin de la autoridad, con nombre, cargo, firma y sello oficial).El expediente constitutivo (debe contener Convocatoria para Asamblea, Acta de Asamblea Constitutiva, padrn de socios, estatutos, permiso de la SRE, pago de derecho de inscripcin al Registro Pblicode Comercio y Registro Agrario Nacional). Protocolizar y suscribir el Acta Constitutiva ante Notario Pblico. Inscribir el Acta Constitutiva ante el Registro Pblico de Comercio o delCrdito Rural, y en su caso, ante el RAN. En caso de que los miembros sean ejidatarios, ser necesario obtener la anuencia del ejido o comunidad. SOCIEDAD DE PRODUCCIN RURAL Marco Jurdico Artculo 27Constitucional y Ley Agraria Artculos 108, 109, 111 y 112 Integrantes Mnimo 2 socios, ya sean personas fsicas o morales, los cuales pueden ser productores rurales ejidatarios, comuneros, pequeos...
Leer documento completo
Regístrate para leer el documento completo.