Economia
El alto tribunal tomó la decisión al decretar la nulidad de una resolución de la Empresa de Energíade Cundinamarca (la 009 del 2003) con la que multó a la Dirección Nacional de Estupefacientes a pagar $ 359’329.985.
El argumento, según la empresa, fue que la DNE presuntamente “adulteró equipos yredes eléctricas en el Hotel Tocarema”, lo que habría impedido la facturación de los consumos reales.
La DNE es el administrador del hotel, ubicado en Girardot, que fue incautado por las autoridadesen 1996.
“Los cobros que se han hecho a título de sanción comportan una clara y evidente violación de los artículos 6, 29 y 210 constitucionales, pues constituyen una extralimitación de las funcionesy prerrogativas que les han sido reconocidas por la ley a las empresas de servicios públicos domiciliarios”, indicó el Consejo de Estado.
Añadió que la norma, contenida en el artículo 146 de la Ley142 de 1994, solo le permite a las empresas de servicios públicos domiciliarios cobrar los consumos no facturados, pero no imponer multas a los usuarios.
El ministro de Vivienda, Luis Felipe Henao,y la directora de la Comisión de Regulación de Agua Potable, Silvia Juliana Yepes, presentaron una propuesta, que a los usuarios del acueducto y alcantarillado les permitiría prepagar estos serviciosen el país.
Según Yepes, "acabamos de aprobar una resolución que define una carga fija y una variable, que se manejará de acuerdo con la capacidad de compra de la gente".
Henao anotó que elprepago se hará a través de una tarjeta y que se requerirá un monto mínimo mensual, cerca de 20 mil pesos, que cubrirá el cargo fijo de los servicios.
Agregó que la idea es que las empresas prestadorasle apuesten a la iniciativa (ya han hecho contacto con EPM), para beneficiar a la gente que asuma la obligación de acuerdo con sus posibilidades económicas.
Henao anotó que la propuesta, que entró...
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