economia
En julio se conoció el fallo del TDLC. Sin embargo, éste noresolvió sobre el tema de fondo, ya que zanjó que se trataba de un juicio de propiedad intelectual más que de libre competencia. Acogió así lo planteadopor la demandada. El TDLC determinó que no le correspondía fallar en el caso, ya que no se probó la competencia desleal.
La presentación estásiendo conocida ahora por los tribunales ordinarios, tratando la disputa por el nombre según el marco de las normas de propiedad intelectual.
Lademanda acusaba a la CPCH de usar el nombre de Rigoberto Rodríguez Rodríguez, undador de la Pisquera Los Nichos y creador del Pisco RRR (Tres Erres)por alusión a las siglas de su nombre. Los Nichos vendió este pisco a la CPCH, pero alegaba que la venta no incluía el uso del nombre delfundador.La CPCH, además de argumentar que no correspondía ver este tema en el TDLC, se defendió diciendo que Pisco RRR y el nombre de Rodríguez estabanindisolublemente vinculados, por lo que su uso no es acto de competencia desleal.
El abogado que representó a la demandante Pisquera Los Nichos fueAndrés Anselmo Aguayo. La defensa estuvo a cargo de los abogados Luis Eduardo Toro y Francisco Agüero, del estudio jurídico Barros y Errázuriz.
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