Economia
En consecuencia los valores se custodiarán en la caja de caudales, salvo que el Pleno de la Corporación acordare eldepósito en establecimientos bancarios. Este depósito tiene el inconveniente del cobro de comisiones por administración y custodia, que suelen cobrar la generosidad debancos y cajas de ahorro, como contrapartida tiene la ventaja de además de la seguridad que ofrecen dichas entidades, no tener que preocuparse de los vencimientos deintereses o la aprobación de dividendos, pues la entidad crediticia se encarga de todas las gestiones de cobro.
Para obtener un ahorro en cuanto a las comisionesbancarias, conviene depositar los valores mobiliarios en un banco del grupo al que pertenezca la sociedad emisora, ya que no se suele cobrar custodia por la administraciónde valores de sociedades del propio grupo bancario o industrial. Este ahorro puede a veces no compensar, si la dispersión de depósitos en diferentes entidadesdificulta el control y la contabilización.
En cuanto a los resguardos de depósito deben custodiarse en la caja de la entidad local. No se prevé nada respecto a valoresmobiliarios que no conlleven emisión física de títulos, sino que se coloquen mediante anotaciones en cuenta. Entendemos que en este caso lo que debe custodiarse son losdocumentos acreditativos de la titularidad de la anotación en cuenta que entreguen la entidad bancaria (copia de la solicitud de suscripción, extracto de cuenta, etc.)
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