Economia

Páginas: 8 (1865 palabras) Publicado: 30 de noviembre de 2012
PROBLEMA ECONOMICO EN MEXICO
REFORMA LABORAL

Despido colectivo

• La reforma ha eliminado la necesidad de contar con una autorización administrativa para proceder con un despido colectivo, por lo que el control de las causas del despido y del procedimiento se deja única y exclusivamente enmanos de la Jurisdicción Social.
• Se han simplificado las causas para llevar acabo el despidocolectivo:• Causas económicas: situación económicanegativa en casos tales como la existenciade pérdidas actuales o previstas, o la dismi-nución persistente de su nivel de ingresos oventas (en todo caso, durante tres trimestresconsecutivos).
• Causas técnicas: cambios, entre otros, enel ámbito de los medios o instrumentos deproducción.
• Causas organizativas: cambios, entre otros,en el ámbito de lossistemas y métodos detrabajo del personal.
• Causas productivas: cambios, entre otros,en la demanda de los productos o servi-cios que la empresa pretende colocar en elmercado.
• Se han eliminado valoraciones jurídicas acercade la razonabilidad, idoneidad o utilidad de lamedida llevada a cabo por la empresa.
• El procedimiento de despido colectivo no hasufrido grandes variaciones en cuanto alosplazos, periodo de consultas con los trabaja-dores, emisión de informe por la Inspección deTrabajo, documentación justificativa, etc.• Se ha sustituido el plan social por la obligaciónde la empresa de ofrecer a los trabajadoresafectados un plan de recolocación externaa través de empresas de recolocación auto-rizadas, por un periodo mínimo de 6 meses ysiempre que el número de trabajadores afec-tadossea superior a 50.
• Existe obligación de hacer una aportaciónal Tesoro público cuando el despido afecta atrabajadores mayores de 50 años (pendientede desarrollo reglamentario). Se mantiene la obligatoriedad de formalizar un Convenio con la Segu-ridad Social para trabajadores mayores de 55 años.
• Se ha creado un procedimiento específico de impug-nación de despidos colectivos ante laJurisdic-ción Social (antes el control era de la JurisdicciónContenciosa).

2.Despido objetivo(individual)
• Se definen las causas económicas, organizativas,técnicas o de producción como en el despido colec-tivo y se han eliminado valoraciones jurídicas acercade la razonabilidad, idoneidad o utilidad de la medidallevada a cabo por la empresa.
• Se facilita el acceso al despido objetivo por absen-tismolaboral: está justificado el despido del traba-jador que acumule un 20% de cierto tipo de faltasjustificadas de asistencia en dos meses consecuti-vos, o un 25% en cuatro meses discontinuos dentrode un periodo de 8 meses, independientemente delíndice de absentismo general de la empresa.
3.Efectosdeldespidoimprocedente:
• Se ha reducido la indemnización por despido impro-cedente de 45 días desalario por año de servicio conun máximo de 42 mensualidades, a 33 días de salariopor año de servicio, con un máximo de 24 mensuali-dades. simismo, la reforma regula la forma de cál-culo de la indemnización, que será a razón de 45 díaspor año para el periodo anterior a la entrada en vigorde la reforma y a razón de 33 días por año a partir dela entrada en vigor de la modificación, con unas nor-maspara calcular el tope indemnizatorio.
• Se ha eliminado el devengo de salarios de tramita-ción, salvo en el caso de readmisión y/o de despidode representantes legales de los trabajadores.
• Se ha eliminado la ventaja de consignar la indemni-zación por despido improcedente, por lo que cambiala forma de llevar a cabo las extinciones individuales,que se judicializan.4.Suspensióntemporaldelcontratodetrabajooreduc-cióntemporaldejornada
• Se ha eliminado la necesidad de obtener una autori-zación administrativa para suspender temporalmentelos contratos de los trabajadores, bastando la exis-tencia de causas económicas, técnicas, organizativaso de producción. Por lo tanto, se deja al amparo judi-cial el control de la existencia de dichas causas.

MEDIDAS qUE AFECTAN A LAS...
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