economicas
¿Qué modelo territorial tenemos en España?
La organización territorial de España, un Estado autonómico, está basada en lo que indica el artículo 2 dela Constitución española de 1978, que declara la unidad indisoluble de la nación española, garantizando el derecho de autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre ellas .Elmodelo utilizado actualmente en España es un estado social y democrático que propugnan como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, justicia, igualdad y el pluralismo económicopero también cabe destacar que la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. El Estado garantiza la realización efectiva del principio de solidaridadconsagrado en el artículo 2 de la Constitución, velando por el establecimiento de un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a lascircunstancias del hecho insular. Las diferencias entre los Estatutos de las distintas Comunidades Autónomas no podrán implicar, en ningún caso, privilegios económicos o sociales.
¿Qué norma loestablece?
La norma establecida esta dentro de la constitución y es la norma de autonomías. Las Comunidades autónomas tienen potestades legislativas y autonomía política dentro de sus competencias yterritorio. La administración local tiene facultad para la gestión de sus intereses, pero no tiene capacidad legislativa.
Qué aspectos jurídicos destacarías de la intervención en el ParlamentAspectos jurídicos a destacar:
En primer lugar que los derechos solo residen en los ciudadanos no en los territorios.
También habla sobre la autodeterminación, pero para que esta pueda realizarse tieneque estar prevista en el ordenamiento jurídico, en España no está recogida, por lo tanto, no la hay aquí.
Qué aspectos políticos ¿a quién se destina su discurso?
Antes de decir los aspectos...
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