Edad Penal
Tradicionalmente se han venido considerando dos sistemas para el tratamiento penal de la edad:
A) El sistema biológico. Consiste en la fijación de una edadpor debajo de la cual se presume iuris et de iure que el sujeto es inimputable con independencia del concreto desarrollo madurativo que su personalidad pueda presentar.
B) El sistema deldiscernimiento. En esencia se fija una edad, generalmente la de la pubertad, para la que se establece una presunción iuris et de iure de inimputabilidad del agente y otra banda de edad, hasta la mayor edadpenal, en la que se establece una presunción iuris tantum de inimputabilidad que queda destruida por la prueba del discernimiento, es decir, cuando resulte probado que el concreto sujeto tenía capacidadpara la comprensión del carácter del ilícito cometido y para orientar su conducta de acuerdo a dicha comprensión, conforme al concepto legal que se contiene en el art. 20.1 C.P.
El Derecho Penalespañol, tras la entrada en vigor del Código Penal de 1995 y la vigencia a partir del 13 de enero de 2001 de la Ley Orgánica 5/2000 (en adelante L.O.R.P.M.), sigue, desde un punto de vista diferente y...
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