Educación Vial
PARALELO: D
SECCIÓN: VESPERTINA
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TEMA: CONDICIONES DEL TRANSPORTE TERRESTRE
Reglamento General para la aplicación de la ley orgánica de TransporteTerrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Art. 40.- El transporte terrestre de personas y bienes es un servicio esencial que responde a las condiciones de:
Comodidad: Constituye parte del nivel deservicio que las operadoras de transporte terrestre de pasajeros y bienes deberán cumplir y acreditar, de conformidad a las normas, reglamentos técnicos y homologaciones que para cada modalidad y sistemade servicio estuvieren establecidas por la Agencia Nacional de Tránsito.
• Se entiende de este apartado: Que el pasajero debe gozar de un buen servicio, adaptados a las necesidades de laspersonas y en especial a personas discapacitadas o con movilidad reducida.
El medio de transporte debe de cumplir con las revisiones establecidas antes de circular para garantizar un transporteseguro.
Continuidad: Conforme a lo establecido en sus respectivos contratos de operación, permisos de operación, autorizaciones concedidas por el estado sin dilaciones e interrupciones.
• Seentiende de este apartado: Esto permite a la empresa ejercer su trabajo con seguridad, respetando los permisos de operación que tienen para ejercer su actividad y con el contrato de operación paratrabajar legalmente.
Seguridad: El estado garantizará la eficiente movilidad de transporte de pasajeros y bienes, mediante una infraestructura vial y de servicios adecuada, que permita a los operadoresa su vez, garantizar la integridad física de los usuarios y de los bienes transportados respetando las regulaciones pertinentes.
• Se entiende de este apartado: El estado deberá facilitar unamovilidad segura, tener en buen estado calles y carreteras.
El operador no podrá garantizar un buen servicio, ni la seguridad de las personas en cuanto a accidentes que pudieran ocurrir por el...
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