Educacional
NOMBRE: Adriana Cuji
Curso: 3ero de Bachillerato “C”
SECTOR BANCARIO DEL ECUADOR
No existe un artículo dentro del Código del Trabajo que determine que el Gobierno puede establecer techos a las remuneraciones del sector privado. En ello coinciden diferentes juristas en materia laboral. El tercer inciso del artículo tercero del proyecto de Ley de Redistribucióndel Gasto Social establece una reforma a la Ley de Instituciones del Sistema Financiero para que la Junta Bancaria determine el monto máximo de las remuneraciones de los administradores y representantes legales de las entidades bajo su control, en este caso, las entidades bancarias. “A más de que no hay regulaciones de este tipo es imposible modificar un contrato de trabajo ya establecido sinconsentimiento de las partes. De violentar esta norma se atentaría a derechos constitucionales”, dijo Joaquín Viteri, ex director del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y jurista en materia laboral. Entre estos derechos está el expuesto en el numeral 16 del artículo 66 de la Constitución del Ecuador relativo a la libertad de contratación. “No se podría pensar ni siquiera en una reforma alartículo constitucional porque en materia de derechos no se puede hacer cambios. Toda persona tiene derecho a decidir a quien contrata y cuanto le paga”, explicó el abogado constitucionalista Jorge Alvear. En el caso del sector privado, dijo, no es posible limitar la remuneración ni de forma directa ni a través de diferentes organismos. Sin embargo, sí puede hacerlo en las entidades del sector público yaque el Ministerio de Relaciones Laborales tiene la capacidad de fijar escalas remunerativas (previo a informe favorable del Ministerio de Finanzas). “Antes los techos no se aplicaban para todos.
Empezaron en algunos sectores, como tubo de ensayo, y luego se generalizó. Esto del proyecto de ley es perjudicial porque ahora se establece al sistema financiero y luego podría aplicarse en otrasáreas privadas”, indicó Carlos Sánchez, representante de los trabajadores ante el Consejo Nacional de Salarios. Este órgano tripartito (conformado por trabajadores, empleadores y Gobierno) es el único que tiene decisión en política salarial, aunque exclusivamente en cuanto al sueldo básico unificado. También establecen mínimos, de acuerdo con la actividad, los representantes de las 22 comisionessectoriales ministeriales. En el sector financiero el salario mínimo para el trabajador en el escalafón más bajo para este año se fijó en USD 292,73. Ayer, el presidente Rafael Correa indicó en el enlace sabatino que la medida de regular los sueldos de los ejecutivos de la banca se ha propuesto con el fin de evitar la evasión de impuestos y permitir que se paguen más utilidades a los empleadosbancarios. “Con esos sueldos exorbitantes de ciertos ejecutivos, la banca reporta menos utilidades, se perjudica al Estado porque pagan menos impuestos y a los trabajadores porque reciben menos participación de utilidad”, dijo. Con la reforma, la Junta Bancaria podrá regular la remuneración de administradores y representantes legales de los bancos. Los sueldos de la banca Según datos del SRI presentadosayer en la sabatina, el sueldo máximo de un ejecutivo bancario registrado en el país bordea los USD 935 000, al año.
Es decir, ganas unos USD 2 500 por día. El presidente Rafael Correa expuso que los sueldos de los ejecutivos bancarios en el Ecuador van de USD 20 000 a 77 900 mensuales. Mientras que el sueldo promedio de los empleados de los mismos bancos oscila entre USD 544 y 2 626. USD 518millones en tres años El Gobierno prevé recaudar un total de USD 518,6 millones de los bancos, en los próximos tres años, para financiar el incremento del Bono de Desarrollo Humano de USD 35 a USD 50. Ello, de aprobarse la reforma tributaria enviada el jueves pasado a la Asamblea. Así lo dio a conocer ayer el presidente, Rafael Correa, durante el enlace sabatino. El Mandatario señaló que el...
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