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REGLAMENTO PARA EL CIERRE DE MINAS
“(…) el poder punitivo del Estado se manifiesta a través de dos
potestades sancionadoras, la penal y la administrativa, pues
en ella subyace un elemento común consistente en el mandato
imperativo de la ley que recae sobre cierta conducta del sujeto
que la infringe, en búsqueda de la sana convivencia social queresulta siendo la aspiración última del Estado”1.
I.
INTRODUCCIÓN
El Reglamento para el Cierre de Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 033-2005-EM (en
adelante, el “Reglamento”), contempla dos supuestos específicos de infracciones; el primero, es el
caso de incumplimiento en la presentación del Plan de Cierre de Minas para su revisión y eventual
aprobación por la Dirección General deAsuntos Ambientales Mineros, y el segundo, son los casos de
retraso en la ejecución del cronograma y de diferencia en el monto de ejecución del Plan de Cierre.
Ambos supuestos, regulados en los Artículos 66 y 68 del Reglamento2, respectivamente, contemplan,
a su vez, sanciones específicas considerando la reiterancia y estado de la infracción.
Seguidamente a las normas antes referidas, elArtículo 69 del Reglamento establece que “Cualquier
otra infracción a las normas establecidas en el presente Reglamento y las normas ambientales
relacionadas con el Plan de Cierre de Minas será sancionada de acuerdo a la escala de multas del
Ministerio de Energía y Minas”.
1
Considerando Tercero de la Sentencia de la Corte Suprema emitida al interior del Expediente Nº 86-97 de
fecha 22 deoctubre de 1999.
2
Adicionalmente, se deberá considerar el Artículo 43 del Reglamento, el cual recoge el supuesto presentado por
el Artículo 68 (diferencias en el monto de ejecución del Plan de Cierre); sin embargo, en el primero se establece
una sanción para las entidades consultoras que presenten más de dos (2) Planes de Cierre de Minas con
montos estimados que difieran en más del treintapor ciento (30%) con los montos ejecutados.
El propósito del presente documento es analizar el cumplimiento de los principios de legalidad y de
tipicidad de las normas sancionadoras antes comentadas; es decir, establecer si en este caso el
Estado ha hecho un ejercicio válido de su potestad punitiva al delegar en el Reglamento la
identificación de las conductas que pretende sancionar.
II.SOBRE LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD Y TIPICIDAD
Como ya es generalmente aceptado, la potestad sancionadora del Estado no sólo se aplica en el
ámbito del derecho penal, sino también en el del derecho administrativo, según el cual la
Administración Pública está facultada a imponer sanciones en el marco de un procedimiento
sancionador. En ese sentido, al ejercer su potestad sancionadora, laAdministración también está
sujeta a los principios de culpabilidad, legalidad, tipicidad, entre otros, que constituyen principios
básicos del derecho sancionador3.
Al respecto, el Artículo 230 de la Ley de Procedimientos Administrativo General establece los
principios que todas las entidades públicas deben cumplir al momento de ejercer su potestad
sancionadora administrativa. Entre dichosprincipios destacan los de legalidad y tipicidad4:
Artículo 230.- Principios de la potestad sancionadora administrativa
La potestad sancionadora de todas las entidades está regida adicionalmente por los
siguientes principios especiales:
1. Legalidad.- Sólo por norma con rango de ley cabe atribuir a las entidades la
potestad sancionadora y la consiguiente previsión de las consecuencias
3
Se debeprecisar, empero, que los principios del derecho penal no pueden ni deben ser aplicados de forma
automática al derecho administrativo sancionador no son los mismos; cada uno tiene particularidades propias
de su ámbito aun cuando comparten un mismo origen. Así, el Tribunal Constitucional Español en su STC
45/1997 ha establecido que ambos “(…) no poseen la misma estructura, ni se halla...
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