eficacia en la vida profesional
FUNCIONES DE LA ENTIDAD
FUNCIONES Y FACULTADES GENERALES. Además de las previstas en las Leyes 454 de 1998 y 795 de 2003 y demás disposiciones aplicables, la Superintendencia de la Economía Solidaria tendrá las siguientes funciones y facultades generales:
1. Imponer sanciones administrativas personales. Sin perjuicio de la responsabilidad civil a quehaya lugar, cuando cualquier director, gerente, revisor fiscal, miembro de los órganos de control social u otro funcionario o empleado de una entidad sujeta a la vigilancia del Superintendente de la Economía Solidaria autorice o ejecute actos violatorios del estatuto de la entidad, de alguna ley o reglamento, o de cualquier norma legal a que el establecimiento deba sujetarse, el Superintendente dela Economía Solidaria o su Superintendente Delegado podrá sancionarlo, por cada vez, con una multa hasta de doscientos (200) salarios mínimos mensuales a favor del Tesoro Nacional. El Superintendente de la Economía Solidaria podrá, además, exigir la remoción inmediata del infractor y comunicará esta determinación a todas las entidades vigiladas.
Las multas previstas en este numeral podrán sersucesivas mientras subsista el incumplimiento de la norma y se aplicarán sin perjuicio de lo dispuesto en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 208 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
El Superintendente de la Economía Solidaria podrá fijar criterios generales conforme a los cuales se impondrán las sanciones administrativas personales de que trata el presente numeral.
2. Imponer lassanciones administrativas institucionales. Cuando el Superintendente de la Economía Solidaria, o su Superintendente Delegado, después de pedir explicaciones a los administradores o a los representantes legales de cualquier institución sometida a su vigilancia, se cerciore de que estos han violado una norma de su estatuto o reglamento, o cualquiera otra legal a que deba estar sometido, impondrá alestablecimiento, por cada vez, multa a favor del Tesoro Nacional de hasta doscientos (200) salarios mínimos mensuales, graduándola a su juicio, según la gravedad de la infracción o el beneficio pecuniario obtenido, o según ambos factores.
Las multas previstas en este numeral podrán ser sucesivas mientras subsista el incumplimiento de la norma y se aplicarán sin perjuicio de lo dispuesto enlos numerales 1, 2 y 3 del artículo 208 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
El Superintendente de la Economía Solidaria podrá fijar criterios generales conforme a los cuales se impondrán las sanciones administrativas institucionales de que trata el presente numeral.
3. Fijar el monto de las contribuciones que las entidades supervisadas deben pagar a la Superintendencia para atendersus gastos de funcionamiento e inversión en porcentajes proporcionales, con sujeción a los criterios establecidos en el artículo 38 de la Ley 454 de 1998.
Así mismo, la Superintendencia de la Economía Solidaria podrá fijar el valor de los bienes y servicios comprendidos en los literales b), e) y f) del numeral 2 del artículo 37 de la Ley 454 de 1998, modificado por el artículo 99 de la Ley795 de 2003.
4. Disponer las acciones necesarias para obtener el pago oportuno de las contribuciones a cargo de las entidades sometidas a su control, inspección y vigilancia.
Para efectos de lo dispuesto en el presente numeral la Superintendencia de la Economía Solidaria se podrá apoyar en esquemas de colaboración externa con personas públicas o privadas.
5. Manejar y administrar losrecursos provenientes de las contribuciones de las entidades supervisadas.
6. Ejercer las funciones de inspección, vigilancia y control en relación con las organizaciones de la economía solidaria distintas a las establecidas en el numeral 23 del artículo 36 de la Ley 454 de 1998, en los términos previstos en las normas aplicables, incluyendo dentro de dichas funciones, las atribuciones...
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