Egresado
S.J.L. DE POLICÍA LOCAL (2°)
ERWIN RODRIGO WEBER FLORES, abogado, por la querellante y demandante civil, en autos sobre daños en colisión, causa Rol N° 1997-2011 G.G., a US.,respetuosamente, digo:
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 de la ley 18.287 que establece procedimiento ante Juzgados de Policía Local y estando dentro del plazo establecido, vengo eninterponer recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva dictada en autos, y notificada a esta parte con fecha 18 de enero de 2013, según los fundamentos de hecho y de derecho que a continuaciónpaso a exponer:
Esta parte viene en apelar de la sentencia definitiva, pues en cuanto a lo resuelto en lo civil, no accede al monto que esta parte probó y resuelve una cantidad abiertamenteinferior a lo demostrado en estos autos.
En el caso de marras, esta parte probó fuera de toda duda la responsabilidad infraccional atribuida a la demandada doña Pamela Paz Catalán Devlahovic, deconformidad con lo previsto en el artículo 165 de la ley 18.290, atendida su calidad de conductora del automóvil PPU YE-7214-4, marca Peugeot, modelo 307, año 2005, color azul, como autor de la infracción a losartículos 108, 143 y 144 del citado texto legal, y, teniéndose, además, en consideración que el contenido del parte policial de fojas 1, el presupuesto que rola a fojas 26 y el set fotográficoagregado en el comparendo de estilo, demuestran los daños provocados al automóvil marca KIA, modelo CERATO, color Gris, año de fabricación 2010, PPU CDSP-16-4, conducido por mi representada doña MaríaVictoria Barrios Olmedo, a consecuencia de la colisión sufrida derivada de la conducción descuidada e imprudente de quien manejaba el primero de los vehículos aludidos, logrando establecer la relación decausalidad entre el resultado producido, esto es, los daños provocados al vehículo conducido por mi representada, además, de la secuela de perjuicios sufridos por éste, y la falta de previsión o...
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