Ejemplos Del Articulo 34 De La Ley Hipotecaria
Ejemplo Principio fe pública registral (artículo 34 de la Ley Hipotecaria) Don “X”, titular registral de una finca, se la vende a don “Y”,formalizando la compraventa en escritura pública, pero sin que la misma tenga acceso al Registro de la Propiedad. Don “X”, persona de avanzada edad que olvidafácilmente las cosas, vuelve a vender la misma finca a Don “Z” que inscribe la transmisión en el Registro de la Propiedad. ¿Qué derechos tiene Don “Z” frente a Don “Y”?Respuesta: Don “Z” adquiere la finca y está protegido por el principio de fe pública registral. Como consecuencia de ello, Don “Z” adquiere la finca con la misma extensión ycontenido que consta en el Registro. Frente a la anterior adquisición por Don “Y”, Don “Z” goza de protección registral en virtud de lo establecido en el artículo 34de la Ley Hipotecaria: “El tercero que de buena fe adquiera a título oneroso algún derecho de persona que en el Registro aparezca con facultades para transmitirlo,será mantenido en su adquisición, una vez que haya inscrito su derecho, aunque después se anule o resuelva el del otorgante por virtud de causas que no consten en elmismo Registro. La buena fe del tercero se presume siempre mientras no se pruebe que conocía la inexactitud registral. Los adquirentes a título gratuito no gozarán demás protección registral que la que tuviere su causante o transferente”. La adquisición protegida de Don “Z” se entiende sin perjuicio de los derechos que, en sucaso, pudieran corresponderle a Don “Y” frente a Don “X”. Lo anteriormente dicho viene justificado en el mencionado artículo 34 de la Ley Hipotecaria
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