El aborto
MALTRATO FAMILIAR
Artículo 218.- Al integrante de un núcleo familiar que haga uso de la violencia física o moral, en contra de otro integrante de ese núcleo que afecte o ponga en peligrosu integridad física, psíquica o ambas, se le impondrán de uno a cuatro años de prisión y de treinta a cien días multa, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que se consumen.Por núcleo familiar debe entenderse el lugar en donde habitan o concurran familiares o personas con relaciones de familiaridad en intimidad, o el vínculo de mutua consideración y apoyo que existe entrelas personas con base en la filiación o convivencia fraterna.
Este delito se perseguirá por querella, salvo cuando los ofendidos sean menores de edad o incapaces; en cuyo caso, se perseguirá deoficio.
El inculpado de este delito, durante la investigación del mismo y al rendir su declaración, será apercibido por el Ministerio Público para que se abstenga de realizar cualquier conducta quepudiere causar daño a los pasivos.
es decir el primer paso es denunciar ante el m.p. o en el momento que la agreda solicitar el apoyo de seguridad publica y pedirles que lo pongan adisposicion a peticionde usted, y ante el m.p narrarle lo agresiones que sufre usted y sus hijos por parte de este sujeto, para integrar la averiguacion previa, par que sacionen via penal la conducta de el tipejo, el tieneel derecho de salir del m.p. bajo el pago de ua fianza o si usted le otorga el perdon, no lo haga para que continue el proceso, solicite al m.p copisa sertificadas de todo esto para despues ir al dify solicitar el divorsio, la patria potesrtad de los menores y la reparticion de bienes, desonosco si en el estado de mexico exista el juez de lofamiliar y de ser asi acuda a el despues de que lopongan adisposicion. esto lo que va aprovocar en su marido el querer que usted le otorgue el perdon ante el m.p.por favor no lo haga ya que por eso ese tipo de jente se cre que no lo sancionan, pida y...
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