El Aborto
TEORIA DEL DELITO:
Permite identificar cuando hay delito.
Y esta constituida por el conjunto de conocimientos teóricos y sistematizados que se encargan del estudio del delito.
Para demostrar en que casos jurídicamente el delito existe al igual, en que casos el delito en que casos se excluye para ver en que parte se considera, coadyuva a crear la certeza jurídicapara la identificación del delito y la administración de justicia a quien se le considere autor o participe.
[INTRODUCCION]: Estudio metodológico del delito
Art.154: Se entiende por delito de aborto,
PROVOCAR LA MUERTE DEL PRODUCTO DE LA CONCEPCION en NUCLEO DE TIPO BIEN JCO TUTELADO SUJETO PASIVO OBJETO MATERIA DEL DELITO
Cualquier momento del embarazo.-Núcleo del tipo: Es la presencia del verbo.
*PROVOQUE = INFINITIVO = PROVOCAR
Referimos el concepto de delito: Acción u omisión típica, antijurídica y culpable.
Elementos del delito:
POSITIVOS NEGATIVOS
-Tipicidad -Atipicidad-Antijuridicidad -Causas de justificación -Culpabilidad -Causas de
Inculpabilidad
Ubicación en el Código Penal de Sinaloa:
-Libro segundo
-Parte Especial
-SecciónPrimera. Delitos Contra el Individuo
-Titulo Primero. Delitos Contra La vida y La salud Personal
-Capitulo VI
-Arts. 154 155 156 157 158
ARTÍCULO 154. Se entiende por delito de aborto, provocar la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo.
ARTÍCULO 155. Se impondrán de seis meses a tres años de prisión, a la madre que voluntariamente provoque su aborto o consientaque otro la haga abortar.
ARTÍCULO 156. Al que hiciera abortar a una mujer, se le aplicarán de uno a tres años de prisión, sea cual fuere el medio que empleare, siempre que lo haga con el consentimiento de ella.
Cuando falte el consentimiento, la prisión será de tres a seis años y si mediare violencia física o moral, se impondrán al autor de seis a ocho años de prisión.
ARTÍCULO 157. Si elaborto lo causa un médico, cirujano, enfermero, comadrón o partera, además de las sanciones que le correspondan conforme el artículo anterior, se le suspenderá de dos a cinco años en el ejercicio de su profesión.
ARTÍCULO 158. No se aplicará sanción:
I. Cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otromédico, siempre que esto fuera posible y no sea peligrosa la demora y se cuente con el consentimiento de la madre;
II. Cuando el embarazo sea consecuencia de una violación; y
III. Cuando el aborto sea derivado de la imprudencia de la mujer embarazada.
En todo caso, el médico, paramédico o comadrona que lo practique o participe deberá notificarlo a la autoridad competente.
ESTRUCTURA DE LA NORMAJCO.-PENAL:
COMPLETA
Supuesto de hecho:
ARTÍCULO 154. Se entiende por delito de aborto, provocar la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo.
Consecuencia Jurídica:
ARTÍCULO 155. Se impondrán de seis meses a tres años de prisión, a la madre que voluntariamente provoque su aborto o consienta que otro la haga abortar.
ACCION; Provocar al muerte del producto dela concepción.
FASE INTERNA: -Ideación: Surge la idea de provocar la muerte del producto.
-Selección de medios: Como, cuando, con que?
(Provocándolo)
(En cualquier momento del embarazo)
(Con las herramientas necesarias)
-Resolución: Toma de decisión...
Regístrate para leer el documento completo.