El Argumento Expuesto
AMPLIACIÓN DE DEMANDA Y ALEGATOS EN MATERIA FISCAL. CUANDO SE OMITE CONCEDER ESE DERECHO, PREVISTO LEGALMENTE, SE VIOLAN LAS FORMALIDADESESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO. Cuando se alegue que el acto administrativo no fue notificado o lo fue ilegalmente, al tener por contestada la demanda se debe conceder a la actora el derecho de ampliar lamisma, por estarse en la hipótesis de los artículos 209 bis, fracción II y 210, fracción III, del Código Fiscal de la Federación, para que el actor esté en aptitud de exponer lo que a su interés convenga;o bien, si la Sala Fiscal considera que no se está en ese supuesto, así debe expresarlo en el acuerdo respectivo y dejar en manos de la actora controvertir tal actuación, pero no privarla de esederecho, así como de formular alegatos, en transgresión clara a la garantía de audiencia que tutela el artículo 14 constitucional. Lo anterior, debido a que, como lo ha sustentado el Pleno de la SupremaCorte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 47/95, publicada en la Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo II, diciembre de mil novecientos noventa y cinco, páginaciento treinta y tres, las formalidades esenciales del procedimiento son las que garantizan una adecuada y oportuna defensa previa al acto privativo y que, de manera genérica, se traducen en lossiguientes requisitos: 1) La notificación del inicio del procedimiento y sus consecuencias; 2) La oportunidad de ofrecer y desahogar las pruebas en que se finque la defensa; 3) La oportunidad de alegar; y4) El dictado de una resolución que dirima las cuestiones debatidas, por lo que de no respetarse estos requisitos, se deja de cumplir con el fin de la garantía de audiencia, que es evitar la...
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