el buen equipo
Mandato
Por resolución Nº 20 (XXXVI) de 29 de febrero de 1980, la Comisión de Derechos Humanos decidió "establecer por un período deun año un Grupo de Trabajo compuesto por cinco de sus miembros, en calidad de expertos a título individual, para examinar cuestiones relativas a desapariciones forzadas o involuntarias de personas".Desde entonces, el mandato y las atribuciones del mencionado Grupo de Trabajo han sido renovados por la Comisión y aprobados por el Consejo Económico y Social cada año. Desde 1986 esto se ha hechobienalmente y, desde 1992, cada tres años. La última resolución por la que se renueva el mandato del Grupo de Trabajo, A/HRC/7/12, fue adoptada por el Consejo de Derechos Humanos en 2008.
El mandatofundamental del Grupo de Trabajo es ayudar a los familiares de las personas desaparecidas a averiguar la suerte y el paradero de dichas personas. Con este objeto el Grupo recibe y examina los informessobre desapariciones presentados por los parientes de las personas afectadas o por organizaciones de derechos humanos que actúan en su nombre. Tras verificar si esos informes cumplen determinadoscriterios, el Grupo de Trabajo transmite los distintos casos a los gobiernos de que se trate, pidiéndoles que realicen indagaciones y que le informen sobre sus resultados. El Grupo se ocupa de cada uno delos numerosos casos de violaciones de los derechos humanos sobre una base puramente humanitaria, independientemente de que los gobiernos en cuestión hayan ratificado alguno de los instrumentosjurídicos existentes que establecen procedimientos para la formulación de denuncias particulares. Actúa esencialmente como cauce de comunicación entre las familias de las personas desaparecidas y losgobiernos, y viene sosteniendo con éxito un diálogo con la mayoría de los gobiernos interesados, con miras a resolver los casos de desaparición. Con la adopción en 1992 por la Asamblea General de la...
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