El chivi
Lic. Gustavo Santillana
MERCK, SHARP & DOHME
DE MÉXICO, S.A. DE C.V.
Av. División del Norte No. 3377
Col. Xotepingo
04610 México, D.F.
Estimado Gustavo:
De acuerdo a tu solicitud, a continuación sírvete encontrar nuestra propuesta de los servicios profesionales que nuestra Firma prestaría, en relación con la posibilidad de combatir la intención delas autoridades aduaneras de cobrar a MERCK, SHARP & DOHME DE MÉXICO, S.A. DE C.V., el 92% del Derecho de Trámite Aduanero del 8 al millar por la importación definitiva de mercancías.
Antecedentes
MERCK, SHARP & DOHME DE MÉXICO, S.A. DE C.V. (MERCK) es una empresa debidamente constituida de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo objeto social comprende entre otrasactividades, la importación, fabricación, exportación y comercialización de diversos medicamentos e insumos para la salud.
A fin de cumplir con su objeto social, MERCK adquiere de diversos proveedores extranjeros insumos que posteriormente requiere importar a nuestro país, para lo cual realiza el pago de las contribuciones al comercio exterior, cuotas compensatorias y Derecho de TrámiteAduanero (DTA) correspondientes.
En relación con lo anterior, con fecha 24 de enero de 2005 la empresa presentó ante los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, demanda de amparo indirecto en contra de lo dispuesto por el artículo 49, fracción I de la Ley Federal de Derechos vigente a partir del 1º de enero de 2005 (LFD), el cual prevé el pago del DTA del 8 al millarpor la importación de bienes a territorio nacional.
Dicha demanda de nulidad fue turnada para su estudio y resolución al Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, quien mediante sentencia de fecha 1° de abril de 2005 determinó conceder a la empresa el amparo y protección de la Justicia Federal en contra del citado DTA previsto en el artículo 49, fracción Ide la LFD, al considerar que dicha disposición viola las garantías de proporcionalidad y equidad tributarias consagradas en el artículo 31, fracción IV de nuestra Constitución.
Ello, en virtud de que la cantidad del 8 al millar sobre el valor en aduana de las mercancías de importación que están obligados a pagar los particulares por concepto de DTA, no tiene correlación con el costo delservicio que presta el Estado en las Aduanas y, en consecuencia, devenía en inconstitucional.
Ahora bien, en relación con lo anterior es importante señalar que tal y como lo informamos en nuestra carta de fecha 29 de mayo de 2006, mediante sesión celebrada el 15 de noviembre de 2005 la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió la jurisprudencia número 129/2005 en donde declaró que el artículo49, fracción I de la LFD resultaba inconstitucional, al resultar violatorio de los principios de proporcionalidad y equidad.
Lo anterior, traduciéndose en que se desincorporara de la esfera jurídica de los particulares que promovieron el amparo, el artículo 49, fracción I de la LFD, lo que implica que no se les aplique la citada disposición en operaciones futuras.
No obstante lo anterior,como también lo informamos en la referida carta, la Suprema Corte de Justicia de la Nación también emitió la jurisprudencia número 130/2005 en donde determinó que los pagos realizados por concepto de DTA resultaban indebidos, pero declarando que la autoridad sólo estaba obligada a devolver el derecho enterado correspondiente al 8% del 8 al millar, disminuyendo del mismo el pago de lacontraprestación e impuesto al valor agregado previstos en el artículo 16 de la Ley Aduanera, pues ésta se trata de la contraprestación que se entera a las empresas y particulares autorizados para prestar los servicios de procesamiento electrónico de datos, misma que de acuerdo con las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, corresponde al 92% de dicho derecho.
Cabe hacer la...
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